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Disolución sin Liquidación y Cesión Global de Activo y Pasivo A efectos de lo dispuesto en el artículo 117.2 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada y del artículo 246 del Reglamento del Registro Mercantil, se hace público que, en fecha 31 de marzo de 2003, el Socio Único de Warner Electric Spain, S. L., Sociedad Unipersonal, en el ejercicio de las competencias de su Junta General de Socios, ha decidido la disolución sin liquidación de esta entidad, con cesión global de su activo y pasivo a favor de su Socio Único, Warner Electric (Neth.) Holding B.V.
Asimismo, en idéntica fecha, el Manager de Warner Electric (Neth.) Holding B.V., ha aceptado expresamente la cesión y adjudicación global del activo y pasivo de la Sociedad Cedente.
Se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de la Sociedad Cedente y de la Sociedad Cesionaria de obtener el texto íntegro de la decisión de cesión y el balance de disolución de la Sociedad Cedente, así como de oponerse a la cesión en el plazo y los términos previstos en el artículo 117.2 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada y en el artículo 246 del Reglamento del Registro Mercantil.
En Barcelona, 31 de julio de 2003.-Pere Kirchner Baliu Secretario no Consejero de Warner Electric Spain, S. L., Sociedad Unipersonal.-Carlos Acuña Quiroga Representante de Warner Electric (Neth.) Holding B.V.-42.718.
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