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Documento BORME-C-2003-173059

WINCANTON TRANS EUROPEAN ESPAÑA, SOCIEDAD LIMITADA Sociedad unipersonal (Sociedad absorbente) TRANSPORTES INTERNACIONALES EL MARQUESET, SOCIEDAD ANÓNIMA Sociedad unipersonal (Sociedad absorbida)

Publicado en:
«BORME» núm. 173, páginas 23198 a 23201 (4 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2003-173059

TEXTO

Anuncio de fusión En cumplimiento de lo establecido en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que los socios únicos de las sociedades "Wincanton Trans European España, Sociedad Limitada" Sociedad Unipersonal y "Transportes Internacionales el Marqueset, Sociedad Anónima" Sociedad Unipersonal, mediante decisiones de fecha 30 de junio de 2003, aprobaron la fusión por absorción por parte de "Wincanton Trans European España, Sociedad Limitada" Sociedad Unipersonal de la sociedad "Transportes Internacionales El Marqueset, Sociedad Anónima" Sociedad Unipersonal, ajustándose a los términos del proyecto de fusión depositado en el Registro Mercantil de Valencia en fecha 27 de junio de 2003, con disolución, sin liquidación, de la sociedad absorbida y traspaso en bloque, a título de sucesión universal, a la absorbente de la totalidad de su patrimonio.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 250 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, al ser "Wincanton Trans European España, Sociedad Limitada" Sociedad Unipersonal titular de la totalidad de las acciones que integran el capital social de "Transportes Internacionales el Marqueset, Sociedad Anónima" Sociedad Unipersonal, sociedad absorbida, no procede ampliar el capital social de la sociedad absorbente. Por idéntica razón, no han resultado necesarios los Informes de los Administradores, ni los de los expertos independientes.

Tampoco ha sido necesario el canje de acciones previsto en los apartados b) y c) del artículo 235 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas.

Los socios únicos han aprobado el balance de fusión cerrado a 31 de diciembre de 2002. A partir del 1 de enero de 2003 las operaciones de las sociedades que se extinguen deberán considerarse realizadas a efectos contables por cuenta de la sociedad absorbente.

No existen acciones de clases especiales, ni reconocimiento de derechos especiales distintos de las acciones, ni ventajas de ninguna clase a favor de los administradores o de los expertos independientes cuya intervención no ha sido precisa en el proyecto de fusión.

Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y el balance de fusión. Asimismo, y de conformidad con lo establecido en el artículo 243.2 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan, de oponerse al presente acuerdo, en el plazo de un mes a contar desde la fecha del último anuncio de fusión, en los términos establecidos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Valencia a 3 de septiembre de 2003.-El Administrador Único de "Wincanton Trans European España, Sociedad Limitada", Sociedad Unipersonal, Wolfgang Wilhelm Dölger.-El Secretario del Consejo de Administración de "Transportes Internacionales el Marqueset, Sociedad Anonima", Sociedad Unipersonal, Douglas John Crowther.-41.113.

y 3.a 12-9-2003.

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