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Documento BORME-C-2003-153032

FELIU BOET, SOCIEDAD ANÓNIMA

Publicado en:
«BORME» núm. 153, páginas 20592 a 20592 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2003-153032

TEXTO

Reducción y Aumento de Capital De conformidad con lo establecido en el artículo 158 y 165 de la Ley de Sociedades Anónimas, y demás disposiciones vigentes concordantes, se hace público que en la Junta General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas, celebrada el 20 de junio de 2003, se acordó por unanimidad, reducir el capital social de la Compañía a cero Euros, es decir, la cantidad de 600.000,00 Euros, mediante la amortización de la totalidad de las acciones actualmente existentes, de 0,10 Euros de valor nominal cada una, correspondientes a los números correlativos 1 a 6.000.000, ambos inclusive, al objeto de compensar pérdidas de ejercicios anteriores y restablecer el equilibrio entre el capital social y el patrimonio de la sociedad, y, simultáneamente, aumentar el capital social por importe de 1.100.000,00 Euros, mediante la emisión de 1.000.000 nuevas acciones nominativas de 1,10 Euros de valor nominal cada una, numeradas correlativamente de la 1 a 1.000.000, ambos inclusive.

De este modo el capital social quedará fijado en la cantidad de 1.100.000,00 Euros.

a) Derechos de suscripción preferente y peticiones adicionales: El plazo para ejercitar el derecho de suscripción preferente será de un mes, a contar desde la fecha de la presente publicación.

Igualmente, dentro del referido plazo del mes concedido al efecto, podrán los accionistas titulares de esos derechos de suscripción preferente y que ejerciten su derecho, formular peticiones adicionales de acciones hasta un máximo igual al número de acciones objeto de la emisión, menos el de las acciones nuevas que les correspondan, en virtud de su derecho de suscripción preferente.

b) Segundo período de suscripción: Finalizado el Primer Período de Suscripción, se iniciará al día siguiente hábil el Segundo Período de suscripción, en el que se ofrecerán las acciones no suscritas en el Primer Período de Suscripción.

La Suscripción de acciones nuevas durante el Segundo Período de Suscripción podrá realizarse por terceros no accionistas, que manifiesten su deseo de suscribir las referidas acciones y requerirá la aprobación del Consejo de Administración, pudiendo admitir total o parcialmente, o rechazar, cualquiera de dichas propuestas, a su sola discreción y si necesidad de motivación alguna. Este Segundo Período tendrá una duración de 1 día hábil.

Cervelló (Barcelona), a, 31 de julio de 2003.-El Secretario del Consejo de Administración. Don Juan García-Moreno y López de Sagredo.-38.104.

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