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La junta General Extraordinaria de accionistas celebrada, en primera convocatoria, el día 31 de julio de 2.003, adoptó, entre otros, los siguientes acuerdos: Reducir el capital social de la compañía que actualmente se cifra en 2.081.653,65 euros, a cero mediante la amortización de todas las acciones en circulación, es decir, de las 30.273 acciones de la clase A y de las 39.000 acciones de la clase B, acciones que quedan anuladas, con la finalidad de restablecer el equilibrio entre el capital y el patrimonio de la sociedad disminuido como consecuencia de perdidas, compensando así, las perdidas de todos los ejercicios anteriores al 2002 y, en parte, las de este último. Y simultáneamente aumentar el capital social de la compañía en la suma de tres millones trescientos cinco mil quinientos (3.305.500) euros, con aportaciones dinerarias y mediante la emisión a la par de 110.000 nuevas acciones, de una sola clase y serie, ordinarias y totalmente desembolsadas, con un valor nominal de treinta euros y cinco céntimos (30,05) cada una de ellas y numeradas correlativamente de la 1 a la 110.000, ambas inclusive, de forma que el capital social resultante será el de tres millones trescientos cinco mil quinientos (3.305.500) euros. Otorgar a las nuevas acciones los derechos políticos y económicos establecidos en la Ley y en los Estatutos Sociales y fijar como fecha de pago del nominal, en su integridad, el momento de la suscripción, que será libre de gastos para el suscriptor y que podrá realizarse en el domicilio social. Conceder a los que hasta ahora eran accionistas de la compañía, tanto a los que eran titulares de acciones de la clase A como a los que eran titulares de acciones de la clase B, el plazo de un mes, desde la publicación del anuncio de la oferta de suscripción de las nuevas acciones en el Boletín Oficial del Registro Mercantil, para que puedan ejercitar sus derechos de suscripción preferente, expirado el cual las acciones no suscritas por los mismos, quedaran a disposición del Órgano de Administración durante treinta días naturales, plazo durante el cual las podrá ofrecer a cualesquiera persona, procediendo posteriormente como corresponda, pudiendo llegar, si procede a anularlas, es decir, que se admite la suscripción incompleta de las acciones emitidas.
Facultar al Órgano de Administración de la compañía para que ejecute el presente acuerdo, decidiendo y fijando todas las cuestiones y condiciones aquí no previstas, hasta lograr la inscripción del mismo en el Registro Mercantil correspondiente.
Madrid, 1 de agosto de 2003.-El Secretario del Consejo, D. Carlos Pastor Font.-38.291.
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