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Documento BORME-C-2003-142048

MULTIFINCA, S. A. (Sociedad escindida) ASOGAMOR, S. L. OGALVI HABITATGES, S. L. (Sociedades beneficiarias)

Publicado en:
«BORME» núm. 142, páginas 19332 a 19332 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2003-142048

TEXTO

Anuncio de escisión De conformidad con lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que la Junta General extraordinaria de accionistas de "Multifinca, Sociedad Anónima" y las Juntas Generales de socios de las compañías "Asogamor, Sociedad Limitada" y "Ogalvi Habitatges, Sociedad Limitada", celebradas válidamente el día 28 de junio de 2003, con el carácter de universal, aprobaron por unanimidad la escisión total de la sociedad "Multifinca, Sociedad Anónima.", que se extinguirá, con la división de su patrimonio en dos partes, cada una de las cuales se traspasa en bloque a dos sociedades beneficiarias de responsabilidad limitada, ambas preexistentes: "Asogamor, Sociedad Limitada" y "Ogalvi Habitatges, Sociedad Limitada", que suceden a título universal a la sociedad escindida en todos los derechos y obligaciones integrantes de su patrimonio, en los términos y condiciones del proyecto de escisión suscrito por los Administradores de las sociedades intervinientes y debidamente depositado en el Registro Mercantil de Barcelona, habiéndose aprobado como balance de escisión el cerrado a día 31 de diciembre de 2002.

Las operaciones de la sociedad escindida se considerarán realizadas, a efectos contables, por cuenta de las beneficiarias desde el 1 de enero de 2003, fecha a partir de la cual las nuevas participaciones dan derecho a participar en las ganancias. No se otorgan derechos especiales ni se atribuyen ventajas de las previstas en el artículo 235 e) y f) de la Ley de Sociedades Anónimas.

Se hace constar expresamente, de conformidad con el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de la sociedad escindida de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y el balance de escisión, así como el derecho que asiste a los acreedores de oponerse a la escisión durante el plazo de un mes contado desde la fecha del último anuncio de la escisión, en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Barcelona, 22 de julio de 2003.-Los Administradores únicos de "Multifinca, S.A.", D. Juan José Rincón Martín y de "Asogamor, S.L." y "Ogalvi Habitatges, S.L.", D. Enric Romagosa Lluch.-36.651. 2.a 29-7-2003.

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