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Anuncio de escisión total con constitución de cuatro sociedades beneficiarias de la escisión En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 242 y 254 de la Ley de Sociedades Anónimas por remisión del artículo 94.1 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, se hace público que la Junta General de Socios de Masova, Sociedad Limitada, celebrada con carácter universal el día 30 de junio de 2003, ha acordado proceder a la escisión total de Masova, Sociedad Limitada, mediante la división de su patrimonio en cuatro partes, cada una de las cuales se traspasa en bloque, respectivamente, a las sociedades beneficiarias de nueva creación que girarán bajo las denominaciones La Cruz de los Rábanos, Sociedad Limitada; Masova, sociedad Limitada (denominación de la Sociedad escindida); Pagai 21, Sociedad Limitada; y Etembue 2002, Sociedad Limitada. Las cuatro sociedades beneficiarias se subrogarán en todos los derechos y obligaciones inherentes al patrimonio escindido, con disolución sin liquidación de la sociedad escindida.
Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los señores socios y a los acreedores de la sociedad escindida, de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y el balance de escisión; el derecho de los representantes de los trabajadores de examinar en el domicilio social los documentos a que se refiere el artículo 238 de la Ley de Sociedades Anónimas; así como el derecho de los acreedores conforme al artículo 243.1 de la Ley de Sociedades Anónimas por remisión del artículo 94.1 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, a oponerse a la escisión, con los efectos legalmente previstos, en el plazo de un mes a contar desde el último anuncio de escisión.
Madrid, 1 de julio de 2003.-El Presidente del Consejo de Administración de Masova, S. L., D. Sinesio de la Orden Mozo.-36.065.
2.a 25-7-2003.
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