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Conforme al artículo 94 de la Ley de Sociedades de responsabilidad Limitada y disposiciones concordantes, las respectivas Juntas generales de socios de "Inmobiliaria Job, Sociedad Limitada" (sociedad absorbente) y "Promotora Job, Sociedad Limitada" y "Oriol i Associats, Bufet Juridic Sociedad Limitada" (sociedades absorbidas) celebradas el día 7 de julio de 2003, aprobaron la fusión de las compañías mediante la absorción de las segundas por la primera.
Las sociedades absorbidas quedan disueltas sin liquidación, traspasando en bloque todo su patrimonio a la sociedad "Inmobiliaria Job, Sociedad Limitada", que adquiere, por sucesión universal, todos los derechos y obligaciones de las absorbidas.
Las referidas Juntas de socios aprobaron, igualmente, por unanimidad, los Balances de fusión cerrados al 31 de marzo de 2003.
La fusión tendrá efectos contables desde el 1 de julio de 2003. El acuerdo de fusión ha sido adaptado al proyecto de fusión, redactado por los Administradores de las sociedades participantes, depositado en el Registro Mercantil de Barcelona el 2 de julio de 2003, bajo el número 321 y extendida nota al margen de la inscripción 9.del folio 185 del tomo 35371, hoja número B 29.962 de la sociedad absorbente.
De conformidad con los artículos 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar el derecho de los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y el balance de fusión de cada una de las sociedades, así como el derecho de los acreedores de las sociedades a oponerse a la fusión, durante el transcurso de un mes, contando desde la fecha de la publicación del último anuncio de fusión, en los términos previstos en el Artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Barcelona, 8 de julio de 2003.-José Oriol Bosch, el Administrador de Inmobiliaria Job, Sociedad Limitada, de Promotora Job, Sociedad Limitada, y de Oriol i Associats, Bufet Juridic, Sociedad Limitada.-35.585. 2.a 22-7-2003.
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