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Documento BORME-C-2003-136011

CANAL METRO MADRID, S. A.

Publicado en:
«BORME» núm. 136, páginas 18588 a 18588 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2003-136011

TEXTO

De acuerdo con lo previsto en el artículo 150 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas y 163 de Reglamento del Registro Mercantil, se hace público que en la Junta General Extraordinaria y Universal de la expresada sociedad celebrada el 21 de enero de 2003, se acordó por unanimidad, entre otros asuntos, y con base a la operación de ampliación y simultánea reducción de capital para restablecer el equilibrio patrimonial, lo siguiente: Se aprueba por unanimidad el balance presentado a la junta cerrado a fecha 31 de diciembre de 2002, y que se adjunta a la presente acta. Seguidamente y de conformidad con la propuesta realizada por el Consejo de Administración de la Sociedad en reunión celebrada con fecha 25 de noviembre de 2002, y a fin de restablecer el equilibrio entre el capital social, fijado en la cantidad de sesenta mil ciento diez euros (60.110 euros), y el patrimonio de la Sociedad disminuido por consecuencia de pérdidas que han dejados los Fondos Propios de la Sociedad reducidos a la cantidad de menos seis millones trescientos veintiséis mil ciento sesenta y nueve euros (6.326.169 euros), la Junta General de Accionistas acuerda por unanimidad: 1Ampliar el capital social de conformidad con los siguientes términos y condiciones: a) Importe del aumento. Seis millones trescientos ochenta y seis mil doscientos setenta y nueve (6.386.279 euros) euros, dejando el Capital Social establecido en seis millones cuatrocientos cuarenta y seis mil trescientos ochenta y nueve (6.446.389 euros) euros.

b) Operación: El presente aumento se realizará mediante la emisión y puesta en circulación de 6.386.279 nuevas acciones de un euro de valor nominal cada una de ellas, numeradas correlativamente del 60.111 al 6.446.389, ambos inclusive, de naturaleza nominativas.

c) Derechos políticos y económicos: Las acciones que se emiten serán de dos clases, clase A de la 60.111 a la 1.209.640, ambas inclusive, o acciones privilegiadas, y clase B de la 1.209.641 a la 6.446.389, ambas inclusive, o acciones ordinarias.

Las acciones privilegiadas darán derecho a percibir una parte alícuota de dividendos superiores a la que corresponda a los titulares de las acciones de clase B u ordinarias, tal y como se determina en el Artículo 26 de los vigentes Estatutos Sociales.

d) Suscripción y desembolso: Habiendo manifestado el socio Multipark Madrid, Sociedad Anónima su deseo expreso de renunciar a su derecho de suscripción de la presente ampliación, lo que se hace constar a los efectos prevenidos en el artículo 158 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, la presente ampliación será íntegramente suscrita por Metro Madrid, Sociedad Anónima, por medio de aportación dineraria, en la proporción que hasta la fecha ostentaba (18 %), renunciando a suscribir, en proporción a su participación, la parte no suscrita por el socio Multipark. Así Metro de Madrid, suscribirá la totalidad de acciones de la clase A o privilegiadas emitidas, esto es, de la 60.111 a la 1.209.640 ambas inclusive. Por su parte, TV Transit, Sociedad Anónima suscribirá la parte correspondiente a su 77,873 % de la ampliación así como el 4,127 % no suscrito por Multipark Madrid, Sociedad Anónima, esto es, la totalidad de acciones emitidas de la clase B (de la 1.209.641 a la 6.446.389, ambas inclusive) y lo hará por el método de compensación de créditos líquidos, vencidos y exigibles que mantiene a cargo de la sociedad por su montante total; dichos créditos quedan acreditados por medio del informe del órgano de administración en el que se detallan los créditos a compensar, con expresión respecto de cada uno de ellos, de su cuantía, acreedor, fecha en que fueron contraídos, liquidez, vencimiento y exigibilidad (se adjunta a este acta como anexo, el certificado de fecha 17 de enero de 2003, verificando dichos créditos emitido por el auditor designado al efecto por el órgano de administración por carta de 8 de enero de 2003 -cuya copia se adjunta-, en este caso KPMG Auditores, Sociedad Limitada, con domicilio social en Madrid, en el Paseo de la Castellana, n95).

El importe de la suscripción de nuevas acciones, deberá depositarse en la caja social por medio de transferencia bancaria, de la que se expedirá oportuna certificación acreditativa de la misma. Se establece un plazo de 3 meses contados desde la fecha de celebración de la presente Junta para efectuar dichos desembolsos.

Dado que el desembolso correspondiente a TV Transit, Sociedad Anónima, se efectúa por medio de la compensación de créditos, la Junta hace constar que el importe de dichos créditos aplicado a la suscripción de esta ampliación de capital se extinguirá por compensación de los créditos citados y en dicha cuantía.

e) Requisitos legales: A los efectos previstos en el artículo 154 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas se hace constar que las acciones emitidas con anterioridad al presente aumento de capital se encuentran totalmente desembolsadas.

2Modificar el artículo 7 de los Estatutos sociales que en lo sucesivo tendrá la siguiente redacción: Artículo 7. Capital social y acciones: a) Capital social: El capital social, que está totalmente suscrito y desembolsado, se fija en la cifra de seis millones cuatrocientos cuarenta y seis mil trescientos ochenta y nueve (6.446.389 euros) euros.

b) Acciones: Dicho capital esta dividido en seis millones cuatrocientas cuarenta y seis mil trescientos ochenta y nueve mil (6.446.389) acciones nominativas, de un euro (1 euro) de valor nominal cada una de ellas y numeradas correlativamente de la uno (1) a la seis millones cuatrocientos cuarenta y seis mil trescientos ochenta y nueve, ambas inclusive.

Las acciones estarán representadas por medio de títulos nominativos, extendidos en libros talonarios y con la firma de dos miembros del Consejo de Administración, que podrán figurar estampilladas, pudiéndose emitir títulos múltiples.

Las acciones serán de dos clases, clase A, o acciones privilegiadas (números 1 a 10.820 y 60.111 a 1.209.640, todas ellas inclusive), y clase B, o acciones ordinarias (números 10.821 a 60.110 y 1.209.641 a 6.446.389, todas ellas inclusive).

Cada acción confiere a su titular legítimo la condición de socio con todos los derechos inherentes a la misma y comporta la aceptación de los presentes Estatutos, de los acuerdos válidamente adoptados por los órganos sociales y las obligaciones derivadas de la condición de accionista. Asimismo, cada acción confiere a su titular legítimo iguales derechos en lo que se refiere a la preferencia de la suscripción, al voto, a la información y a la participación en el patrimonio resultante de la liquidación. En cuanto al reparto de ganancias sociales se estará a lo dispuesto en los presentes Estatutos." 3Reducir el capital social de conformidad con los siguientes términos y condiciones: a) Justificación: La presente reducción del capital social tiene como única finalidad restablecer el equilibrio entre el capital, fijado en la cantidad de seis millones cuatrocientos cuarenta y seis mil trescientos ochenta y nueve (6.446.389 euros) euros, y el patrimonio de la sociedad disminuido por consecuencia de pérdidas, y que, de acuerdo con el balance que sirve de base para los presentes acuerdos arroja la cantidad negativa de seis millones trescientos ochenta y seis mil doscientos setenta y nueve (6.386.279 euros) euros, esto es, por debajo de las dos terceras partes de la cifra del capital social, tal y como se deduce del balance abreviado de la Sociedad de 31 de diciembre de 2002 aprobado por esta Junta y auditado por KPMG Auditores, Sociedad Limitada, dejando el capital social en la cifra de sesenta mil ciento diez (60.110) euros.

b) Importe de la reducción: El capital social se reduce en seis millones trescientos ochenta y seis mil doscientos setenta y nueve (6.386.279 euros) euros.

c) Procedimiento: La reducción del capital se realiza sin devolución de aportaciones a los accionistas y sin variar el valor nominal de las mismas, mediante el procedimiento de amortizar las acciones proporcionalmente a los porcentajes que cada accionistas ostenta, esto es, números 60.111 a la 1.209.640, ambas inclusive, de la 10.844 a la 13.301, ambas inclusive, y de la 1.212.099 a la 6.446.389, ambas inclusive. Se deja constancia de que esta amortización afecta por igual a todos los accionistas de la entidad. Como consecuencia de la amortización de acciones, se renumeran las acciones de la entidad, en los términos siguientes: Los números 1 a 10.843 permanecen iguales, los números 13.302 a 60.110, ambos inclusive, y 1.209.641 al 1.212.098 pasan a ser correlativamente todos ellos, los números 10.844 al 60.110 ambos inclusive.

d) Derechos políticos y económicos: De conformidad con lo previsto en el artículo 164.4 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, en la operación de reducción se respetarán los derechos políticos y económicos que las acciones antiguas de la sociedad tienen otorgados, ostentado los señores accionistas tras la reducción acciones de igual naturaleza y clase que las amortizadas. Por lo que respecta a las 60.110 en que se divide el capital social, 10.820, en concreto de la 1 a la 10.820, ambas inclusive, serán de clase A o privilegiadas, y el resto, esto es, de las número 10.821 a la 60.110, ambas inclusive, de clase B u ordinaria.

e) Derecho de oposición: La reducción del capital se realiza íntegramente con la finalidad de restablecer el equilibrio entre el capital y el patrimonio de la sociedad, por lo que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 167 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, los acreedores no gozan del derecho de oposición a la reducción.

f) Requisitos legales: A los efectos previstos en el artículo 168.2 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas se hace constar que el balance de situación a 31 de diciembre de 2002, aprobado en esta Junta y que se anexa al acta de la misma, y que se ha tenido en cuenta para la adopción del presente acuerdo, ha sido auditado por la compañía KPMG Auditores, Sociedad Limitada.

4Modificar el artículo 7 de los Estatutos sociales que, en adelante, tendrá la siguiente redacción: Artículo 7. Capital social y acciones: a) Capital social: El capital social, que está totalmente suscrito y desembolsado, se fija en la cifra de sesenta mil ciento diez euros (60.110 euros).

b) Acciones: Dicho capital esta dividido en sesenta mil ciento diez (60.110) acciones nominativas, de un euro (1 euro) de valor nominal cada una de ellas y numeradas correlativamente del uno (1) a la sesenta mil ciento diez (60.110), ambos inclusive.

Las acciones estarán representadas por medio de títulos nominativos, extendidos en libros talonarios y con la firma de dos miembros del Consejo de Administración, que podrán figurar estampilladas, pudiéndose emitir títulos múltiples.

Las acciones serán de dos clases, clase A, o acciones privilegiadas (números 1 a 10.820 ambas inclusive) y clase B, o acciones ordinarias (números 10.821 a la 60.110 ambas inclusive).

Cada acción confiere a su titular legítimo la condición de socio con todos los derechos inherentes a la misma y comporta la aceptación de los presentes Estatutos, de los acuerdos válidamente adoptados por los órganos sociales y las obligaciones derivadas de la condición de accionista. Asimismo, cada acción confiere a su titular legítimo iguales derechos en lo que se refiere a la preferencia de la suscripción, al voto, a la información y a la participación en el patrimonio resultante de la liquidación. En cuanto al reparto de ganancias sociales se estará a lo dispuesto en los presentes Estatutos.

Madrid, 1 de febrero de 2003.-El Secretario del Consejo de Administración, Santiago Sainz de Baranda y Casado.-35.090.

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