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Documento BORME-C-2003-132031

ESPEJO HERMANOS, S. A. (Sociedad escindida) INVERSIONES COMERCIALES MALAGUEÑAS,S. L. PASAJE HEREDIA, S. L. (Sociedades beneficiarias de la escisión)

Publicado en:
«BORME» núm. 132, páginas 18120 a 18120 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2003-132031

TEXTO

La Junta General Extraordinaria y Universal de "Espejo Hermanos, Sociedad Anónima" acordó en reunión celebrada el 30 de Junio de 2003, la aprobación de la operación de escisión parcial consistente en la segregación de sendas ramas de actividad representadas, una de ellas por los activos y pasivos afectos al negocio de alquiler y gestión de bienes inmuebles para su aportación en bloque a la sociedad beneficiaria preexistente "Inversiones Comerciales Malagueñas, Sociedad Limitada" y la otra, por los activos y pasivos afectos al negocio de compraventa al por menor y por mayor de prendas de vestir, medias, calcetines y lencería, para su aportación en bloque a la sociedad de nueva constitución que se denominará "Pasaje Heredia, Sociedad Limitada". Ambas sociedades beneficiarias de la escisión se subrogarán en todos los derechos y obligaciones de la sociedad escindida, todo ello en los términos del Proyectos de Escisión parcial aprobado por el Consejo de Administración de "Espejo Hermanos, Sociedad Anónima", depositado en el Registro Mercantil de Málaga, el día 30 de Junio de 2003. La sociedad escindida, "Espejo Hermanos, Sociedad Anónima", no reducirá su capital social, dado que la escisión parcial referida se realizará íntegramente mediante la disminución de parte de las reservas voluntarias de la sociedad.

De conformidad con lo establecido en los artículos 242, 254 y concordantes de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar expresamente el derecho de los accionistas y acreedores de "Espejo Hermanos, Sociedad Anónima" a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados, así como el Balance de escisión. Del mismo modo, se deja pública constancia, del derecho de los acreedores a oponerse a la escisión en los términos y con los efectos legalmente previstos, en el plazo de un mes a contar desde la fecha del tercer y último anuncio de los acuerdos de escisión, de conformidad con lo previsto en el artículo 243.2 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Málaga, 1 de julio de 2003.-El Secretario del Consejo de Administración, D. José Luis Mapelli Espejo.-34.210. 2.a 15-7-2003.

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