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Documento BORME-C-2003-130004

AVIBEN, S. L. Unipersonal (Sociedad absorbente) CONSTRUCCIONES Y DECORACIONES MARINA, S. L. Unipersonal PLAYBEN, S. L. Unipersonal (Sociedades absorbidas)

Publicado en:
«BORME» núm. 130, páginas 17915 a 17916 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2003-130004

TEXTO

Anuncio de fusión por absorción En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 del texto refundido de la ley de Sociedades Anónimas, se hace público que las Juntas generales y universales de socios de "Aviben, Sociedad Limitada Unipersonal", "Construcciones y decoraciones Marina, Sociedad Limitada Unipersonal" y "Playben, Sociedad Limitada Unipersonal", celebradas el 30 de junio de 2003, aprobaron por unanimidad, la fusión por absorción de "Construcciones y decoraciones Marina, Sociedad Limitada Unipersonal" y "Playben, Sociedad Limitada Unipersonal" por "Aviben, Sociedad Limitada Unipersonal", con disolución sin liquidación de las entidades absorbidas y transmisión en bloque a título de sucesión universal de todo su patrimonio a la sociedad absor bente, subrogándose ésta en todos los derechos y obligaciones de las absorbidas, y todo ello en los términos y condiciones del Proyecto de Fusión suscrito por los Órganos de Administración de las sociedades intervinientes, el cual fue depositado en el registro Mercantil de Alicante el 19 de junio de 2003.

Las Juntas generales y universales de socios de las Sociedades participantes en la fusión aprobaron, igualmente por unanimidad, el Balance de Fusión cerrado el 31 de diciembre de 2002.

No se produce aumento de capital en la sociedad absorbente ni canje alguno de participaciones, al ser la sociedad absorbente titular del 100 por 100 de las participaciones de las sociedades absorbidas.

No se otorga ningún tipo de derechos especiales ni ventajas a socios ni Administradores. Las operaciones de las sociedades a extinguir se consideran realizadas a efectos contables por cuenta de la sociedad absorbente desde el 1 de enero de 2003.

Se mantiene a disposición de las personas reseñadas en el artículo 238 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, la documentación completa sobre la fusión a que se refiere el citado artículo, para su examen en el domicilio social.

A los efectos de lo dispuesto en los artículos 242 y 243 de la citada ley, se hace expresa constancia del derecho que asiste a los socios, acreedores y representantes de los trabajadores de las sociedades participantes en la fusión de solicitar y obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y los Balances de Fusión. Asimismo, los acreedores de las sociedades indicadas podrán oponerse al acuerdo de fusión en los términos establecidos en el artículo 166 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, durante el plazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación del último anuncio de fusión.

En Benidorm (Alicante), a, 30 de junio de 2003.-El administrador único de "Aviben, Sociedad Limitada Unipersonal" la compañía "Algar 2100, Sociedad Limitada" reprensentada por José Miguel Mestre Palacio. -El Secretario del Consejo de Administración de "Playben, Sociedad Limitada Unipersonal" José Rocamora Mayor y el administrador solidario de "Construcciones y Decoraciones Marina, Sociedad Limitada Unipersonal" José Mestre Tasa.-34.134. y 3.a 11-7-2003.

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