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De conformidad con lo dispuesto por el artículo 242 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, por remisión al mismo por parte del artículo 254 de dicho Texto Refundido y del artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, se hace público que con fecha 29 de Junio de 2003 el socio único de la primera de las sociedades referidas tomó la decisión de escindir parcialmente la misma mediante la segregación de la rama de actividad relativa a la administración y explotación hoteleras y el traspaso del patrimonio segregado a otra sociedad, que será de nueva creación y se llamará Noelia Playa, S.L. La escisión se decidió conforme al Proyecto de Escisión redactado por los Administradores con fecha 31 de Mayo de 2003 y que fue depositado en el Registro Mercantil de Tenerife y calificado y anotado por el mismo el día 16 de Junio de 2003.
Todos los acreedores tienen el derecho de obtener el texto íntegro de la decisión adoptada y el balance de escisión.
Durante un mes, contado desde la fecha de la tercera publicación del presente anuncio, los acreedores de la sociedad que se escinde podrán ejercer su derecho de oposición reconocido por el artículo 243 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, por remisión al mismo del artículo 254 de dicho Texto Refundido y del artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada.
Santa Cruz de Tenerife, 2 de julio de 2003.-Los Administradores Solidarios, Fernando López Arvelo y Candelaria Fuentes Dorta.-34.099.
2.a 10-7-2003.
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