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Documento BORME-C-2003-126022

CORPORACIÓN DE RESERVAS ESTRATÉGICAS DE PRODUCTOS PETROLÍFEROS

Publicado en:
«BORME» núm. 126, páginas 17434 a 17435 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2003-126022

TEXTO

Emisión de Obligaciones Simples Emisor: Corporación de Reservas Estratégicas de Productos Petrolíferos, Calle Cedaceros, n.o 11, 5.aplanta, Madrid.

Constitución: El emisor fue constituido en 1.994 y reconocido como Corporación de Derecho Público en virtud de lo establecido en el Real Decreto 2111/1994, de 28 de octubre.

Objeto y fines del emisor: De conformidad con lo establecido en el artículo 2de sus Estatutos el objeto y los fines de CORES son los siguientes: "a) La constitución, mantenimiento y gestión de las existencias estratégicas exigibles a quienes están obligados a mantener existencias mínimas de seguridad conforme al artículo 11 del Ley 34/1992 de 22 de diciembre, de Ordenación del Sector Petrolero, y a lo dispuesto en el presente Real Decreto; b) El control del cumplimiento de la obligación de mantenimiento de las existencias mínimas de seguridad dispuestas en el artículo 11 de la Ley 34/1992 de 22 de diciembre y en el presente Real Decreto." El artículo 52 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos agregó como nuevos fines de la Corporación: "a) El control de las Existencias Mínimas de Seguridad de los Gases Licuados del Petróleo y del Gas Natural; y, b) El control de la diversificación del suministro de Gas Natural".

Importe de la emisión y nominal de los valores: 350.000.000 de euros. La emisión estará integrada por una única serie de 3.500 obligaciones simples, de 100.000 euros de valor nominal cada una.

Representación: Las obligaciones estarán representadas por medio de anotaciones en cuenta. La entidad encargada de su registro contable será la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S. A., calle Pedro Teixeira, 8, 28020 Madrid, y las entidades participantes en la misma.

Día hábil: Cualquier referencia en este anuncio a "día hábil" será entendida como cualquier día de la semana en que puedan realizarse transacciones de acuerdo con el calendario TARGET (Trans-European Automated Real-Time Gross Settlement Express Transfer). Asimismo, quedan exceptuados los sábados, domingos y los días festivos fijados como tales por el calendario oficial para la plaza de Madrid.

Período de suscripción: El período de suscripción se extenderá desde las 9.00 horas del día hábil siguiente al de publicación de este anuncio hasta las 17.00 horas de ese mismo día. No obstante lo anterior, el proceso de suscripción se podrá dar por cerrado cuando se haya procedido por las entidades colocadoras a la colocación íntegra de las obligaciones de esta emisión, hecho que será notificado inmediatamente por escrito por las entidades colocadoras al emisor.

Precio de emisión: 100% del valor nominal de cada obligación.

Fecha de emisión y desembolso: La fecha de emisión o de desembolso tendrá lugar en la fecha que sea siete (7) días naturales posterior a la fecha en que termine el período de suscripción. En caso de que dicha fecha resultase ser un día inhábil, la fecha de emisión o de desembolso será el primer día hábil siguiente.

Tipo de interés nominal: El tipo de interés nominal de la emisión es del 4%.

Pago de intereses: El pago de intereses se realizará en la fecha de cada aniversario de la fecha de emisión y desembolso durante la vigencia de la emisión.

En el supuesto de que la fecha de pago de un cupón no sea un día hábil, su pago se efectuará el día hábil siguiente, sin que ello implique para el obligacionista derecho alguno a percibir intereses por el aplazamiento que ello pudiera suponer. En el supuesto de retraso en los pagos, se aplicará un interés moratorio equivalente al tipo de interés nominal de las obligaciones incrementado en dos puntos porcentuales, devengado día a día y acumulable mensualmente.

Amortización: El reembolso de las obligaciones se efectuará a la par y libre de gastos para el obligacionista. Sin perjuicio de la posibilidad de vencimiento anticipado de acuerdo con lo establecido más adelante, la amortización se efectuará de una sola vez en el décimo (10.o) aniversario de la fecha de emisión y desembolso. Si la fecha de amortización no fuera un día hábil, el pago se realizará el primer día hábil inmediatamente posterior, sin que ello implique para los obligacionistas derecho alguno a percibir cantidades adicionales por el aplazamiento que ello pudiera suponer.

Serán causas de declaración de vencimiento anticipado de la emisión y cancelación anticipada las siguientes: i) De acuerdo con lo establecido en el artículo 4 de la Ley 211/1964, de 24 de diciembre, que regula la emisión de obligaciones por sociedades que no hayan adoptado la forma de anónimas y por asociaciones u otras personas jurídicas, y la constitución del Sindicato de Obligacionistas, que CORES impague los intereses de la emisión por más de dos (2) vencimientos; ii) Que se acuerde la disolución de CORES sin que otra Corporación de derecho público cuyos fines sean afines a los de CORES, suceda a ésta en todos sus derechos y obligaciones.

En caso de que se trate de una causa de declaración de vencimiento anticipado susceptible de ser subsanada por CORES, los obligacionistas no podrán declarar vencida la emisión hasta que no se cumplan treinta (30) días hábiles desde el requerimiento efectuado al efecto sin que CORES haya procedido a su subsanación.

En el supuesto de que se dé alguna de las citadas causas de declaración de vencimiento anticipado y haya transcurrido el plazo citado sin que se produzca su subsanación, el comisario, actuando en nombre de los obligacionistas, podrá declarar vencida la emisión, en cuyo caso CORES deberá cancelar anticipadamente la misma, publicando este hecho en el Boletín Diario de AIAF Mercado de Renta Fija y en un periódico de difusión nacional y en los medios publicitarios pertinentes de la Bolsa de Luxemburgo.

Gastos: La emisión será libre de gastos para el suscriptor.

Entidades Colocadoras: Citigroup Global Markets Limited, con domicilio en Citigroup Centre 2nd floor, 33 Canada Square, Canary Wharf, Londres E14 5LB, Bayerische Hypo-Und Vereinsbank AG, con domicilio en Am Tucherpark 16 D-80538 Munich (Alemania), y Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S. A., con domicilio en Vía de los Poblados s/n, 28033 Madrid.

Entidades Aseguradoras: Citigroup Global Markets Limited, con domicilio en Citigroup Centre 2nd floor, 33 Canada Square, Canary Wharf, Londres E14 5LB y Bayerische Hypo-Und Vereinsbank AG, con domicilio en Am Tucherpark 16 D-80538 Munich (Alemania). La emisión quedará resuelta en el caso de que se resuelva el contrato de aseguramiento y colocación de acuerdo con lo establecido en el folleto informativo de la emisión.

Agente de pagos de la emisión: Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S. A., con domicilio en Vía de los Poblados s/n, 28033 Madrid.

Admisión a negociación: Se solicitará la admisión a negociación en AIAF Mercado de Renta Fija y en la Bolsa de Luxemburgo.

Liquidación y compensación: Se realizará a través de la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S.A., sin perjuicio de que CORES pueda solicitar también el alta de los valores en los registros contables de otros sistemas de compensación y liquidación tales como Euroclear y/o Clearstream.

Calificación crediticia de la emisión: Se ha conferido a la emisión una calificación crediticia de AA+ por Standard & Poors.

Sindicato de obligacionistas: De conformidad con lo establecido en el artículo 6 de la Ley 211/1964, de 24 de diciembre, el emisor ha acordado no constituir Sindicato de obligacionistas. No obstante, los propios obligacionistas, en virtud de lo previsto en el mencionado artículo, podrán tomar la iniciativa y solicitar la constitución del Sindicato de obligacionistas, siempre que representen, como mínimo, el 30% del total de la emisión. A la Asamblea en que se adopten estas decisiones deberán ser convocados el emisor y el comisario designado en la escritura de emisión.

Comisario: El emisor ha nombrado en la escritura pública de emisión a D. José Blanco Aróstegui, mayor de edad, casado y con N.I.F. 02904841X, como comisario de la emisión.

Legislación: La emisión se realiza al amparo de lo establecido en la Ley 211/1964, de 24 de diciembre, por la que se regula la emisión de obligaciones por sociedades que no hayan adoptado la forma de anónimas y por asociaciones u otras personas jurídicas y la constitución del sindicato de obligacionistas, en el Real Decreto 2111/1994 de 28 de octubre y en los Estatutos de CORES (artículo 18.2 del Real Decreto 2111/1994 y artículo 13.1.d) de los Estatutos).

Notificaciones: Cualquier notificación, aviso o información que CORES quiera o deba hacer a los titulares de las obligaciones, se entenderá válidamente hecha cuando se publique en el Boletín Diario de AIAF Mercado de Renta Fija y en un periódico de difusión nacional y en los medios publicitarios pertinentes de la Bolsa de Luxemburgo.

Madrid, 4 de julio de 2003.-El Presidente de CORES, Ceferino Argüello Reguera.-El Director Económico-Financiero de CORES, Jesús Iparraguirre Blázquez.-34.042.

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