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Documento BORME-C-2003-116013

BANKINTER, S. A.

Publicado en:
«BORME» núm. 116, páginas 16188 a 16189 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2003-116013

TEXTO

I Emisión de Obligaciones Subordinadas "Bankinter 2003" Que, en virtud de la autorización conferida por la Junta General Ordinaria de Bankinter, Sociedad Anónima de fecha 20 de marzo de 2002, el Consejo de Administración de Bankinter, Sociedad Anónima, en sus reuniones de fecha 13 de noviembre de 2002 y de 14 de mayo de 2003, ha acordado la Emisión de Obligaciones Subordinadas "Bankinter. 2003", con las características que se indican a continuación: 1. Sociedad emisora: Bankinter, Sociedad Anónima, con domicilio: Paseo de la Castellana, número 29, 28046 Madrid (España) y capital social suscrito y desembolsado de 113.916.250,50 euros, representado por 75.944.167 acciones, de 1,5 euros de valor nominal. Constituye el objeto de la Sociedad (Artículo 3.o de los Estatutos sociales): La realización de toda clase de actividades, operaciones, actos, contratos y servicios propios de las actividades de una entidad de crédito y del negocio bancario y financiero, en general o que con él se relacionen directa o indirectamente o sean complementarios del mismo, siempre que su realización por una entidad de crédito esté permitida o no prohibida por la legislación vigente.

La adquisición, tenencia, disfrute y enajenación de toda clase de valores mobiliarios.

Las actividades integrantes del objeto social podrán ser desarrolladas, total o parcialmente, de modo indirecto, en cualesquiera de las formas admisibles en Derecho y, en particular, a través de la titularidad de acciones o de participaciones en cualquier sociedad, entidad o empresa, dentro de los límites de la legislación vigente.

2. Naturaleza y características de los valores: Los valores ofrecidos son Obligaciones Subordinadas, y estarán representados en anotaciones en cuenta, constituyéndose como tales en virtud de su inscripción en el correspondiente registro contable.

Tendrán la consideración de Subordinadas respecto de las obligaciones generales del Banco, de acuerdo con lo dispuesto en el Ley 13/1992, de 1 de junio, de recursos propios y supervisión en base consolidada de las entidades financieras; el Real Decreto 1343/1992, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla la mencionada Ley 13/1992 redactado conforma el Real Decreto 583/94, de 25 de marzo; así como la norma 8 de la Circular del Banco de España 5/1993, de 26 de marzo, según redacción dada por la Circular 2/94 de 4 de abril.

No obstante el carácter subordinado de las obligaciones, los intereses se pagarán en las correspondientes fechas de pago, con independencia de los resultados obtenidos en cada ejercicio por la Sociedad Emisora.

En consecuencia, en el supuesto de aplicación de las reglas de prelación de créditos establecidas en el Código de Comercio y en el Código Civil por incurrir la Sociedad Emisora en un procedimiento concursal o de quiebra, los derechos y créditos de los tenedores de los valores subordinados frente a la Sociedad Emisora se situarán, salvo que la legislación aplicable estableciese otra cosa, detrás de todos los acreedores comunes y de la siguiente manera: 1. Tras los derechos y créditos de todos los acreedores comunes de la Sociedad Emisora.

2. Al mismo nivel que los derechos y créditos del resto de los acreedores subordinados.

3. Con prioridad sobre los derechos de los accionistas y acreedores de la Sociedad Emisora caracterizados como otros acreedores asimilados a la aportación de capital.

3. Importe nominal de la emisión y de las obligaciones: La emisión es de un importe máximo de hasta 80.000.000 euros, dividido en un número de hasta 800 obligaciones, con un valor nominal y efectivo unitario de 100.000 euros por obligación.

4. Precio de la emisión: La emisión será a la par libre de gastos para el suscriptor.

5. Importe nominal de los valores: El importe nominal de cada Obligación será de 100.000 euros.

6. Tipo de interés: Los valores devengarán un interés nominal anual, variable trimestralmente y con pago trimestral en las fechas de los meses de junio, septiembre, diciembre y marzo de cada año y hasta el vencimiento de la Emisión, que coincidan con la fecha de emisión y desembolso y que será el que resulte de aplicar los criterios establecidos a continuación. La duración de la presente emisión se dividirá en sucesivos periodos de devengo de intereses ("Periodos de Devengo de Intereses").

Cada uno de ellos comprenderá los días efectivos transcurridos entre cada Fecha de Pago, incluyendo en cada Periodo de Devengo de Intereses la Fecha de Pago inicial y excluyendo la Fecha de Pago final.

El Tipo de Interés Nominal determinado para cada Periodo de Devengo de Intereses será el que resulte de sumar (i) el tipo de interés de referencia Euribor a tres (3) meses, y (ii) un margen de entre 0,50 por ciento y 0.60 por ciento. Este diferencial se fijará antes de las 10:00 horas (hora CET) del día de inicio del período de colocación.

El tipo de interés de referencia para la determinación del Tipo de Interés Nominal aplicable a los Bonos será el tipo Euribor, "Euro InterBank Offered Rate", calculado y distribuido por el sistema de información financiera BRIDGE por mandato de la FBE ("Federation Bancaire de l'Union Européenne") a tres (3) meses de vencimiento, fijado a las 11:00 horas de la mañana (hora CET) de la Fecha de Fijación del Tipo de Interés, descrita a continuación, que actualmente se publica en las páginas electrónicas EURIBOR01, suministrada por Reuters y 248, suministrada por Dow Jones Markets (Bridge Telerate) o cualquier otra página que pudiera reemplazarlas en estos servicios.

En el supuesto de imposibilidad de obtención del tipo de establecido en el apartado (i) anterior, el tipo de interés de referencia sustitutivo será el tipo de interés que resulte de efectuar la media aritmética simple de los tipos de interés interbancarios de oferta para operaciones de depósito no transferibles, en euros, a tres (3) meses de vencimiento, en la Fecha de Fijación del Tipo de Interés, que declaren las entidades bancarias que a continuación se reseñan, previa solicitud simultánea a cada una de ellas que realizará el Agente de Cálculo: Banco Bilbao Vizcaya Argentaria Sociedad Anónima.

Santander Central Hispano Sociedad Anónima.

Confederación Española de Cajas de Ahorros.

Deutsche Bank AG.

En el supuesto de imposibilidad de aplicación del tipo de interés de referencia sustitutivo anterior, por no suministrar alguna de las citadas entidades, de forma continuada, declaración de cotizaciones, será de aplicación el tipo de interés que resulte de aplicar la media aritmética simple de los tipos de interés declarados por al menos dos (2) de las citadas entidades.

En ausencia o imposibilidad de obtención de los tipos establecidos en los párrafos anteriores, será de aplicación el último tipo de interés de referencia aplicado al último Periodo de Devengo de Intereses y así por Periodos de Devengo de Intereses sucesivos en tanto en cuanto se mantenga dicha situación.

El Tipo de Interés Nominal aplicable a los valores para cada Periodo de Devengo de Intereses se determinará por el Agente de Cálculo, a las 11:00 horas (hora CET) del segundo (2.o) Día Hábil anterior a cada Fecha de Pago o a la Fecha de Desembolso (la "Fecha de Fijación del Tipo de Interés"), y será de aplicación para el siguiente Periodo de Devengo de Intereses. Los tipos de interés de cada período, se publicarán, tras cada fijación del rendimiento para el plazo correspondiente, en los boletines oficiales del Mercado AIAF o en los tablones de anuncios de la red de oficinas del Emisor.

A los efectos de la presente Emisión y, durante toda la vida de los mismos, se considerarán días hábiles ("Días Hábiles") todos los que no sean: Sábado, Domingo, Los días inhábiles del calendario TARGET (que son, para el presente ejercicio, el día 1 de enero, el Viernes Santo, el Lunes de Pascua, 1 de mayo, 25 y 26 de diciembre); o Festivo en Madrid capital.

Con independencia del tipo de interés, en el caso de que el día de pago del cupón sea festivo a efectos bancarios en Madrid, el pago del mismo se trasladará al día hábil inmediatamente posterior, sin que por ello el titular del valor tenga derecho a percibir intereses por dicho diferimiento.

Si Bankinter no ejercitara la opción de amortización anticipada (Call) trascurridos cinco años desde la fecha de emisión, el diferencial que se sume al Euribor 3 meses del cupón se incrementará en un 0.50 por ciento.

La fórmula de cálculo de los intereses será la siguiente: i 100 * d Base C = N * Donde: C = Importe Bruto del Cupón Periodico.

N = Nominal del Valor.

i = Tipo de Interés Nominal anual.

d = Días trascurridos entre la Fecha de Inicio del Devengo de Intereses y la Fecha de Pago del cupón correspondiente, contando tales dias de acuerdo con la Base establecida.

Base = Actual/360.

7. Amortización de los valores: La amortización de los valores se realizará en el décimo aniversario de la fecha de emisión, al 100 por ciento de su valor nominal.

Bankinter tendrá la opción de amortizar totalmente la Emisión a partir del quinto aniversario de la misma, en cada fecha de pago de cupón, al 100 por ciento de su valor nominal, con un preaviso de cinco días hábiles, y previo consentimiento del Banco de España. Este hecho se publicará, en los boletines oficiales del Mercado AIAF, en un periódico de difusión nacional, o en los tablones de anuncios de la red de oficinas del Emisor, y se comunicará a la Comisión Nacional del Mercado de Valores.

8. Gastos para el suscriptor: No existirán gastos para el suscriptor en el momento de la suscripción ni de la amortización de la Emisión, siempre y cuando el inversor opere a través de Bankinter.

9. Compromiso de liquidez: No existe compromiso de liquidez.

10. Entidades encargadas del Servicio Financiero: Bankinter, Sociedad Anónima realizará el servicio financiero de la Emisión.

11. Agente de Pagos: Bankinter realizará el servicio de agencia de pagos de la Emisión.

12. Agente de Cálculo: Mercavalor, con domicilio en Madrid, código postal 28020, Avenida de Brasil número 7, realizará el servicio de agencia de cálculo de la Emisión.

13. Rating de la Emisión: La Emisión cuenta con rating explícito "A1" y "A-" por parte de las "Agencias de Calificación Crediticia" Moody's Investors Service España, Sociedad Anónima ("Moody's")y Standard & Poor's España, Sociedad Anónima ("S&P") respectivamente. BANKINTER tiene concedido rating para sus emisiones de deuda senior a largo plazo de A y Aa3 por parte de la Agencias Standard and Poor's y Moody's respectivamente.

14. Colectivo de Potenciales Suscriptores y tramos: La presente Emisión está destinada a ser colocada entre inversores institucionales.

15. Período de Suscripción: El período de suscripción será desde las 9:00 hasta las 14:00 horas del día de publicación del anuncio de la Emisión en el Boletín Oficial del Registro Mercantil.

16. Tramitación de la suscripción: La colocación se realizará de forma discrecional exclusivamente por Bankinter, velando, en todo caso, porque no se produzcan tratamientos discriminatorios entre las peticiones que tengan características similares.

17. Fecha de Emisión y Desembolso: La fecha de emisión y desembolso será tres días hábiles después del cierre del período de suscripción. Los inversores a quienes hayan sido adjudicados los valores, deberán abonar a Bankinter, antes de las 11:00 horas de Madrid, valor ese mismo día, el precio de emisión que corresponda por cada Obligación adjudicada en suscripción.

18. Entidades Aseguradoras y Colocadoras: Bankinter actuará como única entidad colocadora.

19. Entidades Coordinadoras: No hay.

20. Procedimiento de adjudicación y colocación de los valores: Prorrateo. El procedimiento de colocación será discrecional, sin que exista prorrateo.

21. Cotización y liquidación: Se solicitará la admisión a negociación de los valores de la presente Emisión en el Mercado A.I.A.F. de Renta Fija de manera inmediata, así como la inclusión de la Emisión en los registros de la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores (Iberclear).

22. Autorizaciones: No requiere autorización administrativa previa.

23. Nombre del Comisario del Sindicato de Obligacionistas: El comisario será Mónica López-Monís Gallego, con domicilio en Paseo de la Castellana, 29, Madrid.

24. Forma y plazo de entrega de las copias de los boletines de suscripción, y entrega de los títulos o certificados definitivos de los valores: Los valores, representados por medio de anotaciones en cuenta, se constituirán como tales en virtud de su inscripción en el correspondiente registro contable, de conformidad con lo previsto en el Real Decreto 116/1992, con los plazos y procedimientos habituales de la entidad encargada del mismo, IBERCLEAR.

La Entidad Colocadora entregará a los suscriptores en el plazo de quince (15) días un documento acreditativo de la suscripción por éstos de los Bonos adjudicados y del importe efectivo que hubieran desembolsado por dicha suscripción. Dicho documento acreditativo no será negociable.

Madrid, 20 de junio de 2003.-El Director de la División de Tesorería y Mercados de Capitales, Lázaro de Lázaro Torres.-31.849.

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