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Documento BORME-C-2003-111005

ALFA-MAGNUM, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 111, páginas 15596 a 15596 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2003-111005

TEXTO

Junta General Extraordinaria A fin de dar cumplimiento a cuanto al efecto dispone el artículo 97 del texto refundido de la vigente Ley de Sociedades Anónimas y al artículo 8 de los Estatutos Sociales, y en virtud de acuerdo adoptado por el Consejo de Administración de la Sociedad, en su sesión del día 24 de marzo pasado, se convoca Junta General, con carácter extraordinario, de accionistas de la sociedad "Alfa-Magnum, S.A.", la cual tendrá lugar, en primera convocatoria el próximo día 30 de junio de 2003, a continuación de la Junta General Ordinaria convocada, en el domicilio social de la avenida del Doctor Arce, número 10, de Madrid, y en segunda convocatoria, si preciso fuere, al día siguiente en iguales lugar y hora, para ver y tratar el siguiente Orden del día Primero.-Estudio de la propuesta del Consejo de Administración, relativa al cambio de domicilio social.

Segundo.-Estudio de la propuesta del Consejo de Administración, relativa a la modificación del artículo 4 de los Estatutos Sociales.

Tercero.-Ruegos y Preguntas.

De acuerdo con cuanto, al efecto, dispone el artículo 112 de la vigente Ley reguladora de las sociedades de esta clase se informa a los señores accionistas de que les cabe el derecho de solicitar, y obtener la remisión gratuita de los informes o aclaraciones que estimen precisos acerca de los asuntos comprendidos en el orden del día de la sesión, siempre que lo soliciten por escrito, con, al menos, quince días de antelación a la celebración de la Junta, siempre que a juicio del Presidente la publicidad de estos datos no perjudique los intereses sociales.

De acuerdo con las disposiciones previstas por el artículo 14 de los Estatutos Sociales, todo accionista podrá hacerse representar en la Junta por medio de cualquier persona física. La representación deberá ser escrita y específica para la Junta, dejando a salvo cuanto dispone el artículo 108 TRLSA. La asistencia personal del socio a la Junta supone la revocación de cualquier autorización concedida.

Madrid, 10 de junio de 2003.-El Presidente, Antonio García Fernández.-30.814.

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