Conforme a lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, por remisión del artículo 94.1 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, se hace público que la Junta General de socios de Lusat Air, Sociedad Limitada, celebrada con carácter universal el día 31 de mayo de 2003, aprobó la escisión parcial de la sociedad en dos ramas de actividad, una de las cuales se transmite en bloque a la sociedad beneficiaria denominada Aircraft Leasing Spain, Sociedad Limitada, ya existente, con la consiguiente disminución de su patrimonio social. En dicha Junta se aprobó igualmente como Balance de Escisión de la sociedad escindida el cerrado a 31 de diciembre de 2002, todo ello con arreglo al Proyecto de Escisión de fecha 22 de abril de 2003, debidamente depositado en el Registro Mercantil de Madrid.
Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de la sociedad de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del balance de escisión aprobado. Asimismo se hace constar que los acreedores de la sociedad podrán ejercer su derecho de oposición en los términos señalados en el artículo 166, en relación con el 243, ambos de la Ley de Sociedades Anónimas, en el plazo de un mes a partir de la fecha de publicación del último anuncio de escisión.
Madrid, 31 de mayo de 2003.-Jesús-José-Julio Macías Cano, Administrador único de Lusat Air, S.L. y de Aircraft Leasing Spain, S.L.-27.378.
1.a 4-6-2003.
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