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De conformidad con lo dispuesto y autorizado por el artículo 100 de la Ley de Sociedades Anónimas, el Presidente del Consejo de Administración, don Pedro Bretón Lasanta, convoca Junta general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la "Compañía Bodegas Bretón y Cía., Sociedad Anónima", a celebrar a las diecisiete horas del día 25 de junio de 2002 en el domicilio social sito en Logroño, avenida Lope de Vega, número 20, en primera convocatoria y a la misma hora y lugar del siguiente día, 26 de junio de 2002, en segunda convocatoria, con arreglo al siguiente Orden del día Primero.-Censura y, en su caso, aprobación de la gestión social desarrollada por el Órgano de Administración de la sociedad.
Segundo.-Examen y aprobación, en su caso, de las cuentas anuales del ejercicio 2001.
Tercero.-Aplicación de los resultados de dicho ejercicio.
Cuarto.-Aprobación de la escisión de rama de actividad de "Bodegas Bretón y Cía., Sociedad Anónima", para su aportación a "Bodegas del Camino, Sociedad Limitada", conforme al proyecto de escisión parcial depositado en el Registro Mercantil de La Rioja en fecha 15 de mayo de 2002.
Quinto.-Reducción del capital social y reservas como consecuencia de la escisión parcial.
Sexto.-Cambio de la denominación social.
Séptimo.-Modificación de los artículos 1.o y 5.o de los Estatutos Sociales.
Octavo.-Renovación de miembros del Consejo de Administración.
Noveno.-Ruegos y preguntas.
Décimo.-Delegación de facultades para el cumplimiento de los acuerdos que se adopten.
Undécimo.-Aprobación del Acta en la forma legal procedente.
Las menciones mínimas del proyecto de escisión legalmente exigidas son las siguientes: A) Sociedad escindida: "Bodegas Bretón y Cía., Sociedad Anónima", con domicilio social en Logroño (La Rioja), avenida Lope de Vega, número 20 y con NIF: A-26040329. Inscrita en el Registro Mercantil de La Rioja al tomo 259, folio 32, hoja número LO-868, inscripción séptima.
Sociedad beneficiaria: "Bodegas del Camino, S. L.", con domicilio social en Navarrete (La Rioja), carretera de Fuenmayor, kilómetro 1,5, y con NIF: B-26289223.
Inscrita en el Registro Mercantil de La Rioja al tomo 451, folio 102, hoja número LO-6531, inscripción primera.
B) A través de la escisión parcial proyectada, "Bodegas Bretón y Cía., Sociedad Anónima", segregará sin extinguirse una parte de su patrimonio, que se concreta en el afecto a la actividad de elaboración, crianza y comercialización de vinos de denominación de origen calificada "Rioja", traspasando en bloque la parte segregada, que constituye una unidad económica autónoma, a favor de "Bodegas del Camino, Sociedad Limitada", ya existente, quien adquirirá por sucesión, a título particular, todos los bienes, derechos y obligaciones integrantes del patrimonio escindido, cuyo detalle aparece en el proyecto de escisión parcial depositado en el Registro Mercantil de La Rioja en fecha 15 de mayo de 2002.
C) El tipo de canje ha sido determinado en función del valor real de la rama de actividad escindida así como del valor real del patrimonio de la sociedad beneficiaria, recibiendo en canje los actuales accionistas de la sociedad escindida, por cada acción de la que sean titulares en "Bodegas Bretón y Cía., Sociedad Anónima", 1,17 participaciones sociales nuevas de "Bodegas del Camino, Sociedad Limitada".
D) No existiendo en la actualidad acciones en circulación en "Bodegas Bretón y Cía., Sociedad Anónima", el procedimiento para el canje de las acciones será mediante la emisión de títulos múltiples nominativos representativos de todo el capital social, comprensivos cada uno de ellos de las acciones de las que sea titular cada accionista de "Bodegas Bretón y Cía., Sociedad Anónima".
Las 28.919 participaciones sociales de "Bodegas del Camino, Sociedad Limitada", que se crearán como consecuencia de la escisión, y la titularidad de las mismas, se hará constar en el Libro Registro de Socios de dicha sociedad.
E) Las nuevas participaciones de "Bodegas del Camino, Sociedad Limitada", darán derecho a participar en las ganancias sociales que se generen a partir del ejercicio 2002, inclusive.
F) Las operaciones de "Bodegas Bretón y Cía., Sociedad Anónima", en la parte correspondiente al patrimonio escindido se considerarán realizadas, a efectos contables, por cuenta de la sociedad beneficiaria de la escisión, a partir del día 1 de enero de 2002.
G) No existe, ni está previsto que existan en la sociedad beneficiaria, titulares de participaciones de clases especiales, ni derechos especiales distintos de los que concede la cualidad de accionista de la sociedad que se escinde, ni, por consiguiente, se les ofrece ningún tipo de opción.
H) No se atribuirán ventajas de ninguna clase, en ninguna de las sociedades participantes, a favor de los Administradores de las sociedades participantes en la escisión.
I) La escisión parcial proyectada se somete al régimen especial de neutralidad fiscal contemplado en el Capítulo VIII del Título VIII de la Ley 43/1995, de 27 de diciembre, del Impuesto sobre Sociedades.
Se hace constar el derecho que corresponde a todos los accionistas de examinar en el domicilio social el texto íntegro de los documentos que van a ser sometidos a la aprobación de la junta, así como de las modificaciones estatutarias propuestas y de los informes sobre las mismas, así como los documentos indicados en el artículo 238 de la Ley de Sociedades Anónimas, pudiendo solicitar la entrega o envío gratuitos del texto íntegro de los mismos.
Logroño, 17 de mayo de 2002.-La Secretaria del Consejo de Administración.-21.881.
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