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La Junta general de accionistas de esta sociedad, reunida el día 7 de marzo de 2002, acordó, en virtud del art. 153.1.b de la Ley de Sociedades Anónimas, delegar en el Consejo de Administración la facultad de acordar en una o varias veces el aumento del capital social hasta la cifra de 1.800.000 euros mediante aportación dineraria con posibilidad de suscripción incompleta.
A tal efecto, el Consejo de Administración de fecha 14 de marzo de 2002 acordó fijar la cantidad de esta ampliación de capital en 750.000 euros debido al límite legal contemplado en el artículo 153.1.b de la Ley de Sociedades Anónimas en el cual se prevé que estos aumentos no podrán ser superiores en ningún caso a la mitad del capital de la sociedad en el momento de la autorización.
Asimismo, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 158 de la Ley de Sociedades Anónimas se concede el plazo de un mes a los accionistas de la sociedad para ejercitar el derecho a suscribir un número de acciones proporcional al valor nominal de las acciones que posean.
En el supuesto de que se produzca una suscripción incompleta se actuará conforme a lo previsto en el artículo 161 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Madrid, 25 de abril de 2002.-El Secretario del Consejo de Administración.-17.891.
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