Contido non dispoñible en galego
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas por remisión del artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, se informa que la sociedad "PricewaterhouseCoopers, Sociedad Limitada" ha acordado aprobar su escisión parcial en favor de la sociedad "PricewaterhouseCoopers Consulting, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal, con fecha 7 de mayo de 2002.
Se hace constar, a los efectos oportunos, el derecho que corresponde a los socios y acreedores de las sociedades participantes en el proceso de escisión de obtener en cada domicilio social el texto íntegro de los acuerdos y de los Balances de escisión, así como el derecho de los acreedores de las sociedades a oponerse a la escisión en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Para ejercitar su derecho de oposición los acreedores dispondrán del plazo de un mes desde la fecha del último anuncio del presente acuerdo de escisión, de conformidad con lo establecido en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Madrid, 30 de abril de 2002.-Los Administradores de las sociedades "PricewaterhouseCoopers, Sociedad Limitada" y "PricewaterhouseCoopers Consulting, Sociedad Limitada".-18.024.
1.a 8-5-2002.
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