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La Junta general extraordinaria de socios de "Costa Estrella, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal, del día 10 de abril de 2002, acordó la escisión parcial de la sociedad siendo beneficiarias de la escisión "Playa Chica Beach Club, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal; "Centro Odeón Andalucía, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal, y "Carmen Nueva Andalucía, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal, que se constituyen en este acto sobre la base del proyecto de escisión suscrito por el Administrador único de la sociedad y depositado en el Registro Mercantil de Málaga. Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de la sociedad de obtener el texto íntegro del acuerdo de escisión adoptado y del Balance de escisión, los cuales se encuentran a su disposición en el domicilio social. Los acreedores de "Costa Estrella, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal, podrán oponerse a la escisión en los términos del artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas durante el plazo de un mes contado desde la fecha del último anuncio de escisión, en los términos del artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Marbella, 10 de abril de 2002.-El Administrador único.-16.509. y 3.a 6-5-2002.
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