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Documento BORME-C-2002-82001

AGUAS Y BALNEARIO DE CESTONA, S. A.

Publicado en:
«BORME» núm. 82, páginas 11067 a 11067 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2002-82001

TEXTO

Por acuerdo del Consejo de Administración se convoca a los señores accionistas a la Junta general ordinaria y extraordinaria de la sociedad que tendrá lugar el día 17 de junio de 2002, a las doce treinta horas, en primera convocatoria, en el domicilio social (calle San Juan, 30, Zestoa), o en segunda convocatoria el día 18 de junio de 2002, en el mismo lugar y hora, siendo previsible como es costumbre que se celebre en segunda convocatoria con el siguiente Orden del día Primero.-Aprobación del Balance, Cuenta de Pérdidas y Ganancias, Memoria e informe de gestión de la sociedad correspondientes al ejercicio 2001, así como la propuesta de distribución de beneficios y de la gestión del Consejo de Administración en dicho período.

Segundo.-Reelección de miembros del Consejo de Administración, y, cese y nombramiento de nuevo Consejero.

Tercero.-Autorización para la adquisición de acciones propias en los términos del artículo 75 de la vigente Ley de Sociedades Anónimas.

Cuarto.-Modificación de los artículos 10, 37, 39 y 40 de los Estatutos sociales.

Quinto.-Delegación en el Consejo de Administración de la adecuada interpretación, subsanación y ejecución de los acuerdos aprobados por la Junta.

Sexto.-Lectura y aprobación, en su caso, del acta de la Junta o nombramiento de Interventores a dichos efectos.

A los efectos legales y estatutarios se informa a los socios: a) Del derecho a obtener de la sociedad, de forma inmediata y gratuita, los documentos que integran las cuentas anuales, el informe de gestión y el de los Auditores de cuentas.

b) Del derecho a examinar en el domicilio social el texto íntegro de la modificación estatutaria propuesta, su informe así como el derecho a pedir la entrega o el envío gratuito de los mismos.

c) de que para gozar del derecho de asistencia y voto en las Juntas generales los accionistas deberán ser titurales reales o representar, al menos, un mínimo de doscientas cuarenta acciones con derecho a voto, si bien para el ejercicio de estos derechos será lícita la agrupación de acciones.

Zestona, 10 de abril de 2002.-El Presidente del Consejo de Administración.-16.359.

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