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Disolución sin liquidación y extinción de la sociedad En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 263 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que la Junta general universal de accionistas de la expresada sociedad, celebrada el 27 de febrero de 2002, ha acordado: Disolver y extinguir la sociedad por acuerdo de la Junta al amparo de lo dispuesto en el artículo 260.1.1.o de la Ley, mediante la cesión global y adjudicación de la totalidad del activo y del pasivo de la sociedad, es decir, su patrimonio neto, al accionista único "Club de Golf Bellavista". Dicho patrimonio ascendía al 31 de diciembre de 2001 a 833.668,76 euros (138.710.810 pesetas), según el Balance de situación a dicha fecha tomado al efecto que se muestra a continuación: Euros Pesetas Activo: Inmov. material ... 1.070.665,99 178.143.831 Total Activo .. 1.070.665,99 178.143.831 Pasivo: Capital social .... 892.749,39 148.541.000 Reservas ....... 1.539,21 256.103 Rtdos. ejerc. ant. ... (53.692,90) (8.933.747) Pérdidas y Ganancias . (6.926,94) (1.152.546) Subvenciones .... 52.619,64 8.755.172 Acreedores a c/p .. 184.377,59 30.677.849 Total Pasivo .. 1.070.665,99 178.143.831 Esta cesión y adjudicación se realiza acogiéndose a las exenciones establecidas por el "Régimen especial de las fusiones..", regulado en el capítulo VIII de la Ley 43/1995, del Impuesto sobre Sociedades.
Huelva, 27 de febrero de 2002.-El Secretario de la Junta general universal y Administrador solidario.-12.609.
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