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La Junta general extraordinaria y universal de socios de "Automáticos Atocha, Sociedad Anónima" del día 20 de octubre de 2001, acordó, por unanimidad, la escisión parcial de la sociedad de nueva creación denominada "Recreativos Astaquinta, Sociedad Limitada", que se constituye sobre la base del proyecto del Administrador único de la sociedad y depositado en el Registro Mercantil de Guipúzcoa. Se hace constar expresamente, a los efectos previstos en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, el derecho que asiste a los socios y acreedores de la sociedad de obtener el texto íntegro del acuerdo de escisión adoptado y del Balance de escisión, los cuales se encuentran a disposición en el domicilio social. Los acreedores de "Automáticos Atocha, Sociedad Anónima", podrán oponerse a la escisión en los términos del artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas durante el plazo de un mes, contado desde la fecha del último anuncio de escisión, en los términos de los artículos 166 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas.
San Sebastián, 20 de marzo de 2002.-El Administrador único.-12.089. 1.a 10-4-2002.
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