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Documento BORME-C-2002-61090

UNIVERSITAT DE BARCELONA VIRTUAL, SOCIEDAD LIMITADA (Sociedad absorbente) ESCUELA VIRTUAL DE EMPRESA-LES HEURES, SOCIEDAD LIMITADA Sociedad unipersonal (Sociedad absorbida)

Publicado en:
«BORME» núm. 61, páginas 8501 a 8502 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2002-61090

TEXTO

De conformidad con el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas se hace público que las Juntas generales extraordinarias y universales de socios de "Universitat de Barcelona Virtual, Sociedad Limitada", y de "Escuela Virtual de Empresa-Les Heures, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal, celebradas el día 20 de marzo de 2002, aprobaron, por unanimidad, la fusión de dichas sociedades mediante la absorción de "Escuela Virtual de Empresa-Les Heures, Sociedad Limitada", por "Universitat de Barcelona Virtual, Sociedad Limitada", socio único de la primera mercantil, con disolución y extinción sin liquidación de la sociedad absorbida adquiriendo la sociedad absorbente, mediante traspaso en bloque, a título universal, todo el patrimonio, derechos y obligaciones de la sociedad absorbida, conforme al proyecto de fusión conjunto suscrito en fecha 18 de octubre de 2001 por las sociedades participantes de la fusión. Dicho proyecto fue depositado en el Registro Mercantil de Barcelona e inscrito por nota al margen en fecha 3 de diciembre de 2001.

Por ser la sociedad absorbente titular de todas las participaciones sociales de la sociedad absorbida no se produce canje de participaciones sociales, ni aumento de capital social, ni es necesaria la elaboración de informes por los Administradores, ni por los expertos independientes sobre el proyecto de fusión, según lo establecido en el artículo 250 de la Ley de Sociedades Anónimas y el artículo 94.2 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada. La fusión tendrá como consecuencia la extinción de todas las participaciones sociales de la sociedad absorbida.

A tal efecto se informa que se ha tomado como Balance de fusión de la sociedad absorbente y de la sociedad absorbida los cerrados a 31 de agosto de 2001, aprobados previamente por las respectivas Juntas generales, y teniendo la fusión efectos contables desde el día 22 de enero de 2001.

No existen clases de participaciones sociales, ni derechos especiales distintos de las participaciones sociales en la sociedad absorbente o en la sociedad absorbida, ni se atribuyen ventajas a los Administradores de la sociedad absorbente o de la sociedad absorbida.

Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de la sociedad absorbida y de la sociedad absorbente a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Balance de fusión de cada una de las mercantiles fusionadas, documentos que están a disposición de los interesados en el domicilio social de las compañías.

Los acreedores de la sociedad absorbente y de la sociedad absorbida pueden oponerse a la fusión en el plazo de un mes, contado desde la fecha de publicación del último anuncio de fusión, en los términos establecidos en los artículos 243 y 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Asimismo, se hace constar que se puso a diposición de los representantes de los trabajadores de las sociedades fusionadas todos los documentos e información a que se refiere el artículo 238 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Barcelona, 20 de marzo de 2002.-El Consejero-Delegado de "Universitat de Barcelona Virtual, Sociedad Limitada", y de "Escuela Virtual de Empresa-Les Heures, Sociedad Limitada", Martí Parellada i Sabata.-10.715. y 3.a 2-4-2002.

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