Contido non dispoñible en galego
El socio único de la entidad, en el ejercicio de las competencias atribuidas a la Junta general, acordó, en fecha 13 de marzo de 2002, la disolución, sin disolución de la sociedad mediante cesión global del activo y el pasivo a dicho socio único "Almonte 21, Sociedad Limitada", entidad cesionaria.
Los acreedores de la sociedad cedente y de la cesionaria tienen el derecho a obtener el texto íntegro del acuerdo de cesión y a oponerse a la misma en las condiciones y con los efectos previstos para el caso de fusión, de conformidad con lo establecido en el artículo 117 de la Ley 2/1995, de 23 de marzo.
Madrid, 14 de marzo de 2002.-El Administrador único, Fernando Díaz Obregón Santos.-9.520.
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