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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 242 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, por remisión del artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, se hace público que la Junta general extraordinaria y universal de la sociedad "Fernando el Santo 15, Sociedad Limitada", y el socio único de la sociedad "Inmobiliaria URBS, Sociedad Limitada", adoptaron, con fecha 31 de diciembre de 2001, los siguientes acuerdos: Aprobar la fusión por absorción de la compañía "Fernando el Santo 15, Sociedad Limitada", como absorbente, y la sociedad "Inmobiliaria URBS, Sociedad Limitada", como absorbida, ajustándose plenamente este acuerdo al proyecto de fusión conjunto suscrito por los órganos de administración de ambas compañías el 25 de octubre de 2001, traspasándose en su totalidad a título universal, a favor de la sociedad absorbente, todos los elementos integrantes de la estructura patrimonial de la sociedad absorbida. En este sentido se hace constar el derecho que asiste a los socios de ambas compañías y acreedores de las sociedades de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y de los Balances de fusión.
Igualmente, y según lo dispuesto en el artículo 243 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, se manifiesta expresamente el derecho de oposición durante el plazo de un mes, contado desde la publicación del último anuncio del acuerdo de fusión, de los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan en los términos previstos en el artículo 166 del citado texto legal.
Madrid, 20 de febrero de 2002.-El Secretario de los Consejos de Administración de ambas sociedades, Luis Alberto Márquez León.-6.829.
y 3.a 6-3-2002.
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