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Documento BORME-C-2002-34033

HIPER-ORO, SOCIEDAD LIMITADA (Sociedad absorbente) GOMITRI, SOCIEDAD LIMITADA SYLVIE CARSI, SOCIEDAD LIMITADA (Sociedades absorbidas)

Publicado en:
«BORME» núm. 34, páginas 4660 a 4661 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2002-34033

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas y dis posiciones concordantes, se hace público para general conocimiento que las Juntas generales y de carácter universal de las mercantiles "Hiper-Oro, Sociedad Limitada", "Gomitri, Sociedad Limitada" y "Sylvie Carsi, Sociedad Limitada", celebradas todas ellas con fecha 19 de diciembre de 2001, acordaron por unanimidad la fusión de las citadas sociedades, en cuya virtud resultan absorbidas las dos últimas por la primera, mediante la disolución sin liquidación de aquéllas y transmisión a ésta en bloque y a título universal de todos los bienes, derechos y obligaciones que constituyen sus patrimonios, a la sociedad absorbente.

Dicha fusión se aprobó con las menciones recogidas en el proyecto de fusión redactado y suscrito por la Administradora única de las sociedades intervinientes, que fue depositado tanto en el Registro Mercantil de Valencia como en el de Albacete.

Asimismo, se aprobó el Balance de fusión, en todos los casos, el cerrado el día 27 de noviembre de 2001. La fecha a partir de la cual las operaciones de las sociedades absorbidas habrán de considerarse realizadas, a efectos contables y fiscales por cuenta de la sociedad absorbente, será el 1 de enero de 2002.

No se otorgarán en la sociedad absorbente derechos especiales a los socios ni ventajas a la Administradora única.

De conformidad con el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del Balance de fusión. Según establece el artículo 243 del mismo texto legal, los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan podrán oponerse a la fusión en los términos previstos en el artículo 166 de la citada Ley.

Asimismo, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 150 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar expresamente que por unanimidad de todos los socios de ambas sociedades y en virtud de la facultad prevista en el artículo 418 del Reglamento del Registro Mercantil se decidió el cambio de denominación social de la sociedad absorbente por el de una de las sociedades absorbidas, por lo que la sociedad resultante de la fusión pasa a denominarse "Sylvie Carsi, Sociedad Limitada".

Valencia, 19 de diciembre de 2001.-La Administradora única, Silvia Carsi Tejero.-5.042.

1.a 19-2-2002.

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