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Documento BORME-C-2002-30001

ACTIVOS EN RENTA FONDOS, SGIIC, S. A.

Publicado en:
«BORME» núm. 30, páginas 4173 a 4173 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2002-30001

TEXTO

"Activos en Renta Fondos, S.G.I.I.C., Sociedad Anónima", comunica, de acuerdo con lo previsto en la normativa vigente, que el día 21 de diciembre de 2001, "Activos en Renta Grupo Corporativo, Sociedad Anónima", ha sido autorizada a tomar el control de "Activos en Renta Fondos, S.G.I.I.C., Sociedad Anónima", adquiriendo respectivamente los días 15 y 31 de enero de 2002, un 50 por 100 de su capital social a Elkarkidetza, E.P.S.V., y Montepío Loreto, M.P.S. (25 por 100 cada una), que añadido al que anteriormente poseía (25 por 100) alcanzará el 75 por 100.

Esta operación supone un cambio de control directo del 75 por 100 del capital social de "Activos en Renta Grupo Corporativo, Sociedad Anónima", ya que como consecuencia de la operación, la entidad pasará a tener una participación significativa del 75 por 100 de la sociedad gestora.

"Activos en Renta Fondos, S.G.I.I.C., Sociedad Anónima", es la entidad gestora de los siguientes fondos de inversión: "Sherpa Renta Fija, FIM".

"Sherpa Renta Variable, FIM".

"Sherpa Renta Mixta, FIM".

"Fondpueyo, FIM".

"Sherpa Bolsa, FIM".

El cambio de control, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 57.4 del Reglamento de Instituciones de Inversión Colectiva, genera a favor de los partícipes de los fondos de inversión gestionados por esta sociedad gestora que opten por ello, un derecho de separación con reembolso total de sus participaciones que podrán ejercitar mediante comunicación escrita dirigida a esta sociedad gestora en el plazo de un mes desde la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" y en dos diarios de difusión nacional, o desde la remisión de esta comunicación a los partícipes, si ésta fuese posterior, y que supondrá en el caso de ejercitarlo, el reembolso de sus participaciones sin deducción de comisión o descuento de reembolso alguno, pero sin evitar por ello el coste y las repercusiones fiscales que resulten en cada caso.

Para aquellos partícipes que opten por el ejercicio de este derecho, dirigiendo la oportuna comunicación escrita a esta sociedad gestora, el reembolso total de las participaciones se realizará al valor liquidativo que alcancen las mismas el día en que se inscriban en los registros de la CNMV la actualización de los folletos informativos de los fondos.

Las publicaciones y las comunicaciones mencionadas se efectuarán en los diez días siguientes a esta fecha.

Madrid, 6 de febrero de 2002.-El Presidente del Consejo de Administración, Ángel Cañadas Bernal.-4.206.

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