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Documento BORME-C-2002-23022

MDA HOLDING SPAIN, S. A.

Publicado en:
«BORME» núm. 23, páginas 3229 a 3229 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2002-23022

TEXTO

Ampliación de capital La Junta general celebrada el 30 de enero de 2002 aprobó ampliar el capital en las siguientes condiciones: 1. Aumento del capital social de la entidad, por aportación dineraria, fijado actualmente en 250.381,64 euros, en la cantidad de 21.636 euros, con una prima de 1.278.364 euros, mediante la emisión y puesta en circulación de 360 nuevas acciones nominativas, ordinarias, de la serie C, de igual derecho e idéntica clase, de nominal de 60,10 euros cada una, numeradas correlativamente del 1 al 360, a.i., con una prima de emisión de 3.551,011111 euros por cada nueva acción emitida.

2. Los accionistas podrán ejercitar, dentro del plazo de un mes desde la publicación del anuncio, su derecho a suscribir un número de acciones proporcional al valor nominal de las acciones que posean. La suscripción se efectuará mediante carta dirigida a la sociedad acompañada de copia del justificante bancario del desembolso en la cuenta de "MDA Holding Spain, Sociedad Anónima", en Banesto, plaza de la Lealtad, 2, de Madrid, número 0030/1037/27/0095444271.

3. En el momento de la suscripción de los accionistas podrán solicitar que se les atribuyan más acciones, para el caso de que algún accionista no ejercitase, dentro del plazo establecido, su derecho proporcional a suscribir acciones, o cualquiera renuncie a su derecho de suscripción preferente.

La renuncia al derecho de suscripción preferente podrá comunicarse por escrito firmado entregado personalmente en el domicilio social o remitido por fax al número 917680680.

4. En este sentido, el día hábil siguiente a contar desde la finalización del período de suscripción tendrá lugar una reunión del Consejo de Administración en la que se procederá, en su caso, a la colocación, entre aquellos accionistas que lo hubieren solicitado, de las acciones correspondientes a los derechos de suscripción no utilizados o, subsidiariamente en su caso, a terceros ajenos a la sociedad.

El desembolso de aquellos que suscriban estas acciones deberá realizarse en el plazo de tres días hábiles. Transcurrido este plazo se declarará completa o incompleta la ampliación definitivamente.

5. La ampliación de capital descrita se deberá desembolsar al 100 por 100.

6. Se excluye expresamente la suscripción incompleta.

7. Se delega en el Consejo de Administración la facultad de fijar las condiciones de la ampliación en todo lo no previsto por el acuerdo de la Junta.

8. En caso de suscripción completa de la ampliación el capital se aumentará en la cuantía acordada, modificando a tal efecto el tenor literal del artículo 5.o de los Estatutos sociales.

Madrid, 30 de enero de 2002.-El Secretario del Consejo de Administración.-3.612.

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