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Documento BORME-C-2002-223063

INDRA SISTEMAS, S. A. (Sociedad absorbente) INDRA EWS, S. A. Sociedad unipersonal (Sociedad absorbida)

Publicado en:
«BORME» núm. 223, páginas 32518 a 32518 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2002-223063

TEXTO

Anuncio de fusión En cumplimiento de la legislación vigente, se hace público que la Junta general de accionistas de "Indra Sistemas, Sociedad Anónima" y el accionista único de "Indra EWS, Sociedad Anónima", sociedad unipersonal, en sendas sesiones celebradas el 14 de noviembre de 2002, acordaron la fusión de "Indra Sistemas, Sociedad Anónima" por absorción de "Indra EW, Sociedad Anónima", sociedad unipersonal, todo ello sobre la base de los respectivos Balances de fusión cerrados el 31 de agosto de 2002, formulados por sus respectivos órganos de administración en fecha 26 de septiembre de 2002, y de conformidad con el proyecto de fusión depositado en el Registro Mercantil de Madrid con fecha 30 de septiembre de 2002. Los principales términos del presente acuerdo de fusión son los siguientes: La fusión se efectúa de conformidad con el artículo 250 de la Ley de Sociedades Anónimas al ser "Indra Sistemas, Sociedad Anónima" accionista único y, en consecuencia, titular de todas las acciones en que se divide el capital de "Indra EWS, Sociedad Anónima", sociedad unipersonal.

La totalidad de las operaciones llevadas a cabo por la sociedad absorbida, "Indra EWS, Sociedad Anónima", sociedad unipersonal, se consideran realizadas, a efectos contables, por cuenta de la sociedad absorbente, "Indra Sistemas, Sociedad Anónima" desde el 1 de enero de 2002.

No existe en la sociedad absorbida ninguna clase de acciones o derechos especiales, ni personas que tengan derechos especiales distintos de las acciones, ni tampoco se otorgan ventajas concretas a favor de los Administradores de las sociedades partícipes en esta operación de fusión por absorción.

No se producen modificaciones en los Estatutos sociales de "Indra Sistemas, Sociedad Anónima", como consecuencia de la fusión.

La fusión no conllevará modificación en la composición del Consejo de Administración de "Indra Sistemas, Sociedad Anónima".

Los Administradores de las sociedades que se fusionan han informado a sus respectivas juntas generales de que no se ha producido ningún hecho extraordinario o que modifique de manera importante el Activo o el Pasivo de las sociedades intervinientes en la fusión, lo que se hace constar a los efectos del artículo 238.2 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de las sociedades intervinientes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión, en los términos establecidos en los artículos 243 y 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio del acuerdo de fusión.

Madrid, 15 de noviembre de 2002.-El Secretario del Consejo de "Indra Sistemas, Sociedad Anónima" y el Secretario del Consejo de "Indra EWS, Sociedad Anónima".-50.385. y 3.a 21-11-2002.

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