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Aumento de capital La Junta general universal ordinaria de accionistas de la sociedad, en su reunión del 24 de octubre de 2002, ha acordado ampliar el capital social en la cifra de ciento cuarenta y cuatro mil doscientos cuarenta y dos euros con noventa céntimos de euro (144.242,90 euros), mediante la emisión de 24.000 nuevas acciones ordinarias al portador representadas por títulos de seis euros con diez mil ciento veintiuna millonésima de euro (6,010121 euros) de valor nominal cada una de ellas, numeradas correlativamente desde el 30.001 al 54.000, ambos inclusive.
Las nuevas acciones gozarán de los mismos derechos políticos y económicos que las actualmente en circulación, con las que formarán una sola serie, desde el día que se otorgue la escritura de ejecución de la ampliación de capital.
La emisión es al 299,49 por 100, o sea, 18 euros por acción, debiendo ser desembolsadas las acciones en su totalidad, en dinero efectivo y moneda euros, en el momento de la suscripción. La diferencia entre el valor nominal y el valor de emisión corresponde a la prima de emisión.
Los accionistas podrán ejercer su derecho de suscripción preferente, en proporción al valor nominal de las acciones que posean, y dado que todas las acciones son de la misma serie y valor, a razón de cuatro acciones nuevas por cada cinco antiguas, en el plazo de un mes desde la fecha de publicación del anuncio en el "Boletín Oficial del Registro Mercantil". La suscripción se llevará a cabo mediante el ingreso de dieciocho (18) euros por cada acción suscrita, en la cuenta corriente número 0030 2211 15 0001666271, que la sociedad tiene abierta en la sucursal de Banesto sita en rambla de Modolell, 32, de Viladecans (Barcelona). Deberán remitir copia de los resguardos acreditativos de los ingresos a la sede social, en calle Noi del Sucre, 71, de Viladecans.
El Consejo podrá ofrecer, las acciones no suscritas por los señores accionistas en ejercicio de su derecho preferencial, a personas y entidades determinadas para la suscripción y desembolso de las mismas dentro de los quince días siguientes al de finalización del plazo de ejercicio del derecho preferencial citado.
Si el aumento no se suscribe en su totalidad dentro de los plazos establecidos, el capital quedará ampliado en la cuantía que resulte de las suscripciones efectuadas.
Viladecans, 12 de noviembre de 2002.-El Presidente del Consejo.-49.832.
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