Anuncio de escisión De conformidad con el artículo 242, en relación con el artículo 254 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar que la Junta general extraordinaria y universal de socios de la citada sociedad, celebrada el 4 de noviembre de 2002, aprobó por unanimidad la escisión parcial de la compañía mediante la segregación de dos ramas del patrimonio social de la compañía, traspasando en bloque la parte de su patrimonio, que forma una de las ramas de actividad que se segrega, a una sociedad de nueva creación y que se constituirá como una de las beneficiarias de la escisión denominada "Terminal Pujol, Sociedad Limitada" en constitución; y otra parte del patrimonio social de la compañía, traspasando en bloque la parte de su patrimonio, que forma la otra rama de actividad que se segrega, a una sociedad de nueva creación y que se constituirá como otra de las beneficiarias de la escisión denominada "Central de Gestió Papalus, Sociedad Limitada" en constitución; quienes adquirirán por sucesión a título particular todos los derechos y obligaciones integrantes del patrimonio segregado, en los términos y condiciones del proyecto de escisión suscrito por los administradores de la sociedad parcialmente escindida, depositado en el Registro Mercantil y de la Propiedad de Girona.
Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de la sociedad parcialmente escindida, a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Balance de escisión. Los acreedores de la sociedad pueden oponerse a la escisión en los términos establecidos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de escisión.
Lloret de Mar, 5 de noviembre de 2002.-Los Administradores solidarios de "Transportes Pujol y Pujol, Sociedad Limitada".-48.826.
2.a 15-11-2002.
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