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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 242 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas y el artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, se hace público que las Juntas generales universales de las sociedades intervinientes, celebradas el día 30 de octubre de 2002, adoptaron, por unanimidad, los siguientes acuerdos: Aprobar el proyecto de fusión, y por tanto, la fusión de "Retiro Mediaciones, Sociedad Limitada" y "Dirección de Técnicas y Consulting de Obras, Sociedad Limitada" (Unipersonal), adquiriendo la sociedad absorbente la totalidad del patrimonio de la absorbida, mediante la transmisión en bloque de todos los bienes, derechos y obligaciones de que sea titular la sociedad absorbida, que adquiere a título de sucesión universal, con disolución sin liquidación de esta última, que se hará efectivo una vez sea protocolizado e inscrito el acuerdo de fusión adoptado. Dado que la sociedad absorbente es socio único de la absorbida, la fusión acordada no conllevará la ampliación del capital en la sociedad absorbente. Se aprueban los balances de fusión cerrados el día 30 de junio de 2002 y se fija el 1 de julio de 2002, como fecha a partir de la cual las operaciones de la sociedad absorbida se consideran realizadas por la absorbente.
Se hace especial mención del derecho que asiste a los accionistas y acreedores de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y de los Balances de fusión aprobados disponiendo los acreedores de las sociedades que se fusionan del plazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación del último anuncio de fusión, para oponerse a la misma.
Madrid, 30 de octubre de 2002.-Los Administradores de "Retiro de Mediaciones, Sociedad Limitada" y "Dirección de Técnicas y Consulting de Obras, Sociedad Limitada" (Sociedad unipersonal).-47.733. y 3.a 8-11-2002.
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