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"Ibermática, Sociedad Anónima", único socio de la compañía, acordó el día 1 de junio de 2002, la disolución de la sociedad, adjudicándose globalmente el activo y el pasivo. Los acreedores de la sociedad cedente y del cesionario tienen derecho a obtener el texto íntegro del acuerdo de cesión y podrán oponerse a la cesión en los términos establecidos en el artículo 246 del Reglamento del Registro Mercantil.
Barcelona, 1 de junio de 2002.-El Administrador único.-46.483.
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