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A los efectos de dar cumplimiento a lo preceptuado en el artículo 165 de la Ley de Sociedades Anónimas, se comunica que la mercantil "Olivarera del Condado, Sociedad Anónima", celebró Junta general ordinaria y extraordinaria de accionistas, en primera convocatoria, en el domicilio social, el día 15 de junio de 2002, a las doce treinta horas, previa convocatoria realizada de conformidad con lo dispuesto en los Estatutos sociales y en el artículo 97 de la Ley de Sociedades Anónimas, mediante la publicación de los preceptivos anuncios en el "Boletín Oficial del Registro Mercantil", realizada el 20 de mayo de 2002, y en el diario "Jaén", el 16 de mayo de 2002, en la que se adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo: Cuarto.-Visto el informe escrito del Consejo de Administración de la compañía, justificando la propuesta, se acuerda reducir el capital social de la compañía en la cifra de 348.425,55 euros.
La reducción de capital aprobada es consecuencia de las pérdidas acumuladas por la sociedad y tiene por objeto restablecer el equilibrio entre el capital social y el patrimonio de la compañía.
Esta reducción se llevará a cabo mediante una disminución de 2,97 euros en el valor nominal de cada uno de los títulos en los que se divide el capital social de la compañía, quedando fijado el nuevo valor nominal de las acciones en la cifra de 3,04 euros.
Se hace constar expresamente que, como base de este acuerdo de reducción, se ha tomado el Balance de la sociedad cerrado a 31 de diciembre de 2001, aprobado previamente en esta misma Junta, el cual ha sido objeto de verificación contable, con fecha 26 de abril de 2002, por MG & M Asociados (sociedad inscrita en el ROAC con el número 51.264).
Según resulta de dicho Balance, la sociedad no cuenta con reservas voluntarias y ni la cantidad que consta como reserva legal excede, una vez efectuada la reducción, del 10 por 100 del capital.
Seguidamente, se aprueba la nueva redacción de los artículos 5.o y 6.o de los Estatutos sociales de la compañía, en consonancia con las modificaciones operadas en la cifra de su capital social como consecuencia del acuerdo anterior.
El nuevo texto de los artículos señalados resulta ser el siguiente: "Artículo 5.o Capital social.
El capital social se fija en la cantidad de trescientos cincuenta y seis mil seiscientos treinta y siete euros y sesenta céntimos de euro (356.637,60 euros), totalmente suscrito y desembolsado." "Artículo 6.o Acciones.
El capital social está representado por 117.315 acciones ordinarias y nominativas de 3,04 euros cada una de ellas de valor nominal, numeradas correlativamente del uno (1) al ciento diecisiete mil tres cientos quince (117.315), ambos inclusive, totalmente suscritas y desembolsadas." Santisteban del Puerto (Jaén), 13 de septiembre de 2002.-El Consejero delegado.-44.790.
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