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Documento BORME-C-2002-199024

INDUSTRIAS PECUARIAS DE LOS PEDROCHES, SOCIEDAD ANÓNIMA (Sociedad absorbente) LA ELÉCTRICA DE BELALCAZAR, SOCIEDAD LIMITADA Unipersonal (Sociedad absorbida)

Publicado en:
«BORME» núm. 199, páginas 28328 a 28329 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2002-199024

TEXTO

Anuncio de fusión por absorción De conformidad con el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas se hace público que la Junta general ordinaria de accionistas de "Industrias Pecuarias de los Pedroches, Sociedad Anónima" con asistencia del 94,47 por 100 de su capital social y la Junta universal de socios de "La Eléctrica de Belalcazar, Sociedad Limitada", unipersonal, celebradas el 29 de junio de 2002 aprobaron, por unanimidad, la fusión por absorción de "La Eléctrica de Belalcazar, Sociedad Limitada", unipersonal, con entera transmisión del patrimonio de la sociedad absorbida que quedará disuelta y extinguida sin liquidación, a la absorbente, "Industrias Pecuarias de los Pedroches, Sociedad Anónima", a título universal, con todos sus derechos y obligaciones. Así como los balances de fusión de fecha 31 de diciembre de 2001. Que el acuerdo se ha adoptado según el proyecto de fusión de fecha 6 de febrero de 2002 que quedó depositado en el Registro Mercantil de Córdoba y de Madrid el 13 de mayo de 2002. Al poseer la sociedad absorbente la totalidad del capital social de la absorbida, no procede la ampliación de capital ni modificación estatutaria en la absorbente, ni la elaboración de informes por expertos independientes. No se ha otorgado ningún derecho o ventaja a Administradores o accionistas. La fecha a partir de la cual las operaciones de la sociedad que se extingue habrán de considerarse realizadas por cuenta de la sociedad a la que traspasa su patrimonio, "Industrias Pecuarias de los Pedroches, Sociedad Anónima", será la de 1 de enero de 2002.

No existen derechos a otorgar a la sociedad absorbente ya que no existen acciones de clases especiales ni titulares de derechos distintos de las acciones.

Se hace constar expresamente, el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión, a obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y de los balances de fusión.

Así mismo se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan a oponerse al presente acuerdo, en los términos establecidos en los artículos 166 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Pozoblanco (Córdoba), 30 de septiembre de 2002.-Por la sociedad absorbente el Consejo de Administración.-Por "La Eléctrica de Belalcazar, Sociedad Limitada", unipersonal, Rafael Muñoz Cabrera en su representación de la Administradora única.-44.714. 2.a 17-10-2002.

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