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Documento BORME-C-2002-192029

DETECTION SYSTEMS ESPAÑA, S. A.

Publicado en:
«BORME» núm. 192, páginas 27039 a 27039 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2002-192029

TEXTO

La Junta general extraordinaria de accionistas, celebrada con carácter universal el día 30 de septiembre de 2002, tomó, por unanimidad, entre otros, los siguientes acuerdos: Primero.-Cambiar la denominación social de la sociedad "Detection Systems España, Sociedad Anónima", que pasará a denominarse "Bosch Security Systems, Sociedad Anónima".

Como consecuencia del cambio de denominación, el artículo 1.o de los Estatutos sociales quedará redactado de la siguiente forma: "Artículo 1. Denominación social.

Esta sociedad se denominará "Bosch Security Systems, Sociedad Anónima" y se regirá por lo dispuesto en los presentes Estatutos y por los preceptos del Real Decreto Legislativo 1564/1989, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, Código de Comercio, Real Decreto 1784/1996, por el que se aprueba el Reglamento del Registro Mercantil y demás disposiciones legales que le fuesen de aplicación." Segundo.-Ampliar el objeto social de la sociedad, para que preste servicios comerciales de ventas, televentas, telemarketing, ventas y marketing de aparatos para servicios auxiliares médicos, asistencia técnica, atención de garantías a personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, incluidas las sociedades del grupo Bosch.

Como consecuencia de la ampliación del objeto social, el artículo 2.o de los Estatutos sociales quedará redactado de la siguiente forma: "Artículo 2. Objeto social.

a) La sociedad tiene por objeto el diseño, fabricación, montaje y comercialización de equipos electrónicos de seguridad, de detección, control y comunicación, protección contra incendios, control de acceso y aplicaciones de CCTV destinados al uso por instaladores profesionales de alarmas, para la protección de la vida y la propiedad tanto a nivel industrial como institucional y residencial.

Estas actividades podrán ser desarrolladas por la sociedad directa o indirectamente a través de su participación en otras sociedades con objeto social idéntico o similar.

La sociedad no desarrollará actividad alguna para la cual la Ley exija el cumplimiento de condiciones o limitaciones específicas que no queden cumplidas por la misma.

b) Prestar servicios comerciales de ventas, televentas, telemarketing, ventas y marketing de aparatos para servicios auxiliares médicos, asistencia técnica, atención de garantías a personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, incluidas las sociedades del grupo Bosch." Tercero.-Aumentar el capital social de la sociedad en 1.033.740 euros.

Como consecuencia del aumento de capital, el artículo 5.o de los Estatutos sociales quedará redactado como sigue: "Artículo 5. Capital social.

El Capital Social es de 1.153.740 euros, dividido en 1.153.740 acciones ordinarias nominativas, de una sola serie y clase, representadas por medio de títulos de 1 euro de valor nominal cada una de ellas, numeradas correlativamente del 1 al 1.153.740, ambos inclusive.

Las acciones están totalmente suscritas y desembolsadas." Cuarto.-Modificar el artículo 22 de los Estatutos sociales, que quedará redactado de la siguiente forma: "Artículo 22. Ejercicio social.

Los ejercicios sociales coincidirán con los años naturales, es decir, comenzarán el día 1 de enero y finalizarán el 31 de diciembre. A partir de la convocatoria de la Junta general, cualquier accionista podrá obtener de la sociedad, de forma inmediata y gratuita, los documentos que han de ser sometidos a la aprobación de la misma, así como el informe de gestión y, en su caso, el informe de los Auditores de cuentas.

En la convocatoria se hará mención de este derecho.

Durante el mismo plazo y salvo disposición contraria de los Estatutos, el accionista o accionistas que representen, al menos, el 5 por 100 del Capital social, podrán examinar en el domicilio social, por sí o en unión de experto contable, los documentos que sirven de soporte y de antecedentes de las cuentas anuales.

Lo dispuesto en el párrafo anterior no impide ni limita el derecho de la minoría a que se nombre un Auditor de cuentas con cargo a la sociedad." Quinto.-Facultar a los Consejeros, don Micha Kirchhoff, don Harald Bronkal y don Gary M. Lee, para que cualquiera de ellos, indistintamente, comparezca ante Notario y eleve a documentos públicos los acuerdos aquí tomados, así como la subsanación, aclaración e interpretación de los mismos hasta su inscripción en el Registro Mercantil, si fuere necesario.

Madrid, 3 de octubre de 2002.-El Secretario, Luis Bedón Terrádez.-43.803.

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