De conformidad con lo establecido en el artículo 161 de la Ley de Sociedades Anonimas, se ha procedido a declarar sin efecto alguno la ampliación de capital acordada el pasado 29 de junio de 2002 por Junta general extraordinaria y universal de la sociedad.
Madrid, 11 de septiembre de 2002.-El representante persona física del Administrador único de la sociedad.-42.280.
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