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Documento BORME-C-2002-166032

TELECONNECT COMUNICACIONES, S. A.

Publicado en:
«BORME» núm. 166, páginas 22789 a 22789 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2002-166032

TEXTO

Oferta de suscripción preferente de acciones De conformidad con el artículo 158 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que en fecha 18 de abril de 2002 la Junta general de accionistas de la compañía adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo: "Aumentar el capital social en 3.000.000 de euros, mediante la emisión y puesta en circulación de 30.000.000 de acciones nuevas al portador, de valor nominal 0,10 euros cada una de ellas, sin prima de emisión, numeradas correlativamente de la 29.630.725 a la 59.630.724. La nueva emisión se dirige a los antiguos accionistas de la compañía para que, mediante el ejercicio de su derecho a suscripción preferentemente, la suscriban y desembolsen mediante aportación dineraria.

Conforme al artículo 7.o de los Estatutos sociales, los accionistas de la compañía podrán ejercitar dentro del plazo de dos meses, a contar desde la publicación del anuncio de la oferta de suscripción en el "Boletín Oficial del Registro Mercantil", el derecho a suscribir en la nueva emisión un número de acciones proporcional al valor nominal de las acciones que posean.

Los señores accionistas que deseen suscribir nuevas acciones deberán rellenar, firmar y presentar en el domicilio social de la Compañía o en cualquiera de las oficinas de ésta, a la atención del Secretario del Consejo de Administración, el boletín de suscripción que tendrán a su disposición desde el día de hoy, dentro de los plazos de suscripción que constan en el presente acuerdo.

Finalizados los plazos de suscripción habilitados los señores accionistas que hayan suscrito completamente su parte proporcional podrán suscribir, por partes iguales, a prorrata o de común acuerdo, según decida el Consejo de Administración, las acciones pendientes de suscribir, en el plazo máximo de treinta días naturales a partir del siguiente al cierre del primer plazo de suscripción.

En el supuesto que finalizado el segundo plazo de suscripción no quedaran suscritas la totalidad de las nuevas acciones emitidas, el Consejo de Administración, en el plazo máximo de quince días naturales desde la finalización de dicho segundo plazo, podrá acordar ofrecer las acciones todavía no suscritas a terceras personas no accionistas para que las suscriban en un plazo máximo de un mes desde el acuerdo del Consejo.

En el caso de que la suscripción quede incompleta, la nueva emisión disminuirá en número correlativo, desde la acción 59.630.724 a la 29.630.725, previéndose y acordándose expresamente la posibilidad de suscripción incompleta del aumento de capital.

Las nuevas acciones suscritas deberán ser íntegramente desembolsadas mediante aportación dineraria antes de los quince días siguientes al término del plazo de suscripción correspondiente, mediante el ingreso de la aportación en una cuenta corriente abierta a nombre de la sociedad".

Marbella, 14 de junio de 2002.-El Presidente del Consejo de Administración.-39.393.

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