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Escisión total A los efectos de lo establecido en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, por remisión del artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, se anuncia que la Junta general de socios de "Transportes Lesaca, Sociedad Limitada", celebrada el día 29 de junio de 2002, adoptó por unanimidad el acuerdo de escisión total de la sociedad, que quedará disuelta sin liquidación, mediante la segregación de todo su patrimonio en dos sociedades "Transportes Lesaca, Sociedad Limitada", y "Lesaca Inmuebles, Sociedad Limitada", una de las cuales ("Lesaca Inmuebles, Sociedad Limitada") recibe los inmuebles y la otra ("Transportes Lesaca, Sociedad Limitada") la actividad. El valor neto patrimonial de "Transportes Lesaca, Sociedad Limitada", sociedad beneficiaria, asciende a un millón doscientos treinta y siete mil trescientos noventa y seis euros con un céntimo de euro (1.237.396,01), y el de "Lesaca Inmuebles, Sociedad Limitada", a quinientos setenta y dos mil doscientos treinta y siete euros con treinta y un céntimos de euro (572.237,31), todo ello en los términos y condiciones recogidos en el proyecto de escisión de fecha 10 de junio de 2002, redactado y suscrito por los administradores de "Transportes Lesaca, Sociedad Limitada", y depositado en el Registro Mercantil de Navarra, así como en el informe de los Administradores.
Se hace constar expresamente, de conformidad con los artículos 242 y 243.2 de la Ley de Sociedades Anónimas, el derecho que asiste a los socios y acreedores de "Transportes Lesaca, Sociedad Limitada", de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance de escisión. Los acreedores podrán, asimismo, oponerse a la escisión en el plazo y términos previstos en el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Berriplano, 29 de julio de 2002.-El Secretario no Consejo.-37.438. 2.a 13-8-2002.
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