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Documento BORME-C-2002-144060

MONTAJES ELÉCTRICOS DEL CANTÁBRICO, S. L. (Sociedad escindida) CYR CONSTRUCCIONES Y REFRACTARIOS, S. L. CARTERA DE INVERSIONES MELCA, S. L. SERVICIOS INMOBILIARIOS AVILÉS, S. L. MONTAJES ELÉCTRICOS DEL CANTÁBRICO, S. L. (Sociedades beneficiarias)

Publicado en:
«BORME» núm. 144, páginas 20010 a 20010 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2002-144060

TEXTO

Anuncio de escisión total Se hace público que las Juntas generales y universales de socios de "Montajes Eléctricos del Cantábrico, Sociedad Limitada" (sociedad escindida), "Cartera de Inversiones Melca, Sociedad Limitada" (sociedad beneficiaria) y "Servicios Inmobiliarios Avilés, Sociedad Limitada" (sociedad beneficiaria), celebradas todas ellas el 29 de junio de 2002, aprobaron, todas ellas por unanimidad, la escisión total de "Montajes Eléctricos del Cantábrico, Sociedad Limitada" (sociedad escindida), que se extinguirá, con el consiguiente traspaso de la totalidad de su patrimonio social a las entidades beneficiarias "CYR Construcciones y Refractarios, Sociedad Limitada", esta sociedad de nueva creación resultante de la escisión de la igualmente denominada "CYR Construcciones y Refractarios, Sociedad Limitada", "Cartera de Inversiones Melca, Sociedad Limitada", "Servicios Inmobiliarios Avilés, Sociedad Limitada" y "Montajes Eléctricos del Cantábrico, Sociedad Limitada", esta última de nueva creación, que adopta la misma denominación que la escindida de conformidad con lo previsto en el artículo 418.2 del Reglamento del Registro Mercantil, quienes adquirirán por sucesión y a título universal todos los derechos y obligaciones integrantes del mismo, en los términos y condiciones del proyecto de escisión suscrito por los Administradores de las sociedades intervinientes y depositado en el Registro Mercantil de Asturias, el 2 de julio de 2002.

Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la escisión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Balance de escisión, cerrado a 31 de diciembre de 2001. Los acreedores de las sociedades indicadas pueden oponerse a la escisión en los términos establecidos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de escisión.

Avilés, 10 de julio de 2002.-El Administrador único de "Montajes Eléctricos del Cantábrico, Sociedad Limitada" (sociedad escindida), el Administrador único de "Cartera de Inversiones Melca, Sociedad Limitada" (sociedad beneficiaria), y la Administradora única de "Servicios Inmobiliarios Avilés, Sociedad Limitada" (sociedad beneficiaria).-35.290. y 3.a 31-7-2002.

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