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Anuncio de transformación social de "Crown Cork de España, Sociedad Anónima" en sociedad de responsabilidad limitada A los efectos de lo dispuesto en el artículo 224.2 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que la Junta general ordinaria y extraordinaria de accionistas de "Crown Cork de España, Sociedad Anónima", (en proceso de transformación a sociedad de responsabilidad limitada) (en adelante, la sociedad), celebrada el día 28 de junio de 2002, en primera convocatoria, acordó transformar el tipo societario de la sociedad, que pasará de "Sociedad Anónima" a "Sociedad de Responsabilidad Limitada", con pleno respeto y mantenimiento de su personalidad jurídica.
A estos efectos, se hace público que la Junta general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad adoptó, en su reunión de 28 de junio de 2002, entre otros, los siguientes acuerdos: Aprobar los nuevos Estatutos sociales de "Crown Cork de España, Sociedad Limitada".
Ratificar a los integrantes del órgano de administración de "Crown Cork de España, Sociedad Limitada".
Ratificar a los Auditores de cuentas de "Crown Cork de España, Sociedad Limitada".
Anular las acciones al portador y sustituir las mismas por las nuevas participaciones sociales que se creen en representación de la cifra del capital social de "Crown Cork de España, Sociedad Limitada", a través de la correspondiente inscripción en el Libro Registro de Socios.
En consecuencia, se hace público el derecho que asiste a los accionistas de la Sociedad a inscribir la condición de socio de "Crown Cork de España, Sociedad Limitada", en el Libro Registro de socios que será objeto de legalización al efecto, previa acreditación conforme a derecho de la legítima propiedad sobre sus acciones al portador.
La sociedad, por aplicación analógica de lo dispuesto en el artículo 59 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, procederá a anular los títulos representativos de las acciones al portador de aquellos accionistas que no los hayan presentado en el domicilio social, con el referido propósito, en el plazo de un mes desde la publicación del último de los anuncios de transformación social.
Los títulos así anulados serán sustituidos por participaciones sociales cuya titularidad se verá reflejada en el Libro Registro de socios de la sociedad, previa justificación conforme a derecho de su legítima titularidad.
En Madrid, 19 de julio de 2002.-El Secretario del Consejo de Administración.-35.755.
y 3.a 30-7-2002.
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