Anuncio de escisión A efectos de lo dispuesto en los artículos 242 y 254 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que las Juntas generales de accionistas de "Ascensores Enor, Sociedad Anónima", y "Grupo Ascensores Enor, Sociedad Anónima", celebradas en primera convocatoria el 29 de junio de 2002, aprobaron, por unanimidad, la escisión parcial de "Ascensores Enor, Sociedad Anónima", mediante la segregación del patrimonio afecto a la rama de actividad de dirección y gestión de participadas, resultando beneficiaria de la misma la sociedad "Grupo Ascensores Enor, Sociedad Anónima", que realizará posteriormente un aumento de capital mediante un canje de valores, en los términos contenidos en el proyecto único de escisión parcial redactado y suscrito únicamente por el Consejo de Administración de "Ascensores Enor, Sociedad Anónima", el 15 de febrero de 2002, por no estar constituida a esa fecha la sociedad "Grupo Ascensores Enor, Sociedad Anónima", y depositado en el Registro Mercantil de Pontevedra con fecha 28 de febrero de 2002, todo ello sobre la base de los Balances de escisión que se corresponden con los cerrados a 31 de diciembre de 2001 en el caso de "Ascensores Enor, Sociedad Anónima", y con el Balance correspondiente al del día de constitución de "Grupo Ascensores Enor, Sociedad Anónima".
En consecuencia, las respectivas Juntas aprobaron que "Ascensores Enor, Sociedad Anónima", reduzca su capital social en 615.000 euros mediante la reducción del valor nominal de la totalidad de las acciones en 1,23 euros, pasando de un valor nominal de 6,01 euros a un valor nominal de 4,78 euros por acción, reduciéndose asimismo sus reservas en la cuantía necesaria, quedando por tanto fijado el capital social en 2.390.000 euros, y que "Grupo Ascensores Enor, Sociedad Anónima", aumente su capital social en 1.500.000 euros mediante la emisión, con la correspondiente prima, de 500.000 nuevas acciones de 3 euros de valor nominal cada una de ellas, numeradas correlativamente de la 20.101 a la 520.100, quedando fijado su capital social en 1.560.300 euros. Asimismo, se aprobó que la escisión tenga efectos contables a partir de la fecha de inscripción registral del aumento de capital.
De acuerdo con el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar el derecho de accionistas y acreedores a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y Balances de escisión.
Los acreedores de las sociedades podrán oponerse a dichos acuerdos en los términos establecidos en los artículos 166 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Vigo, 10 de julio de 2002.-El Presidente de los Consejos de Administración de "Ascensores Enor, Sociedad Anónima", y "Grupo Ascensores Enor, Sociedad Anónima", Ángel Santorio Rodríguez.-33.684. 1.a 17-7-2002.
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