Contido non dispoñible en galego
Por acuerdo de las Juntas generales extraordinarias y universales de accionistas, de las respectivas compañías, celebradas el 26 de junio de 2002, se ha acordado la fusión por absorción de "Pantallas Altisent, Sociedad Anónima", como absorbente, y "Manufacturas Decostil, Sociedad Anónima", como absorbida, con disolución sin liquidación de esta última quien transmite a título de sucesión universal la totalidad de su patrimonio a la sociedad absorbente, quien se subroga en todos los derechos y obligaciones de aquella.
Se hace constar el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de las sociedades que participan en la fusión de solicitar y obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y el Balance de fusión.
Asimismo se hace constar que los acreedores de las sociedades que se fusionan podrán oponerse dentro del plazo de un mes a contar desde la publicación del tercer y último anuncio de fusión en los términos previstos en el artículo 166 de la citada Ley.
Barcelona, 27 de junio de 2002.-El Órgano de Administración de "Pantallas Altisent" y "Manufacturas Decostil, Sociedad Anónima".-32.678.
2.a 11-7-2002.
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