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Documento BORME-C-2002-130037

FOTO-INFORMÁTICA, S. A. (Sociedad que se escinde y extingue totalmente) FOTO INFORMÁTICA, S. L. (Sociedad beneficiaria) INMUEBLES GAIOLA, S. L. (Sociedad beneficiaria)

Publicado en:
«BORME» núm. 130, páginas 18398 a 18399 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2002-130037

TEXTO

Anuncio de escisión En cumplimiento de lo dispuesto en la vigente Ley de Sociedades Anónimas, se pone en público conocimiento que la Junta universal extraordinaria de accionistas de la sociedad "Foto-Informática, Sociedad Anónima" celebrada el día 29 de junio de 2002 adoptó por unanimidad el acuerdo de escisión total de la sociedad con división de todo su patrimonio en dos partes, cada una de las cuales se traspasa en bloque y a título de sucesión universal a las dos sociedades de nacionalidad española de nueva creación "Foto Informática, Sociedad Limitada" e "Inmuebles Gaiola, Sociedad Limitada", aprobando el proyecto a tal efecto confeccionado en el que se detalla la parte de patrimonio que se destina a una y otra sociedad beneficiaria de la escisión. Los accionistas de la sociedad que se escinde tendrán derecho a suscribir once participaciones sociales de la sociedad beneficiaria de la escisión "Foto Informática, Sociedad Limitada" por cada acción que posean de la sociedad que se escinde y dos participaciones sociales de la sociedad beneficiaria de la escisión "Inmuebles Gaiola, Sociedad Limitada" por cada acción que posean de la sociedad que se escinde.

Se considera Balance de escisión el cerrado a 31 de diciembre de 2001, que fue aprobado por la Junta general que ha aprobado también los informes elaborados por la Administración y las aportaciones no dinerarias resultantes de la operación, así como, el informe específico emitido para las aportaciones no dinerarias.

La fecha a partir de la cual las operaciones de "Foto-Informática, Sociedad Anónima" se entenderán realizadas a efectos contables por cuenta de las sociedades beneficiarias es el 1 de julio de 2002.

"Foto Informática, Sociedad Limitada" e "Inmuebles Gaiola, Sociedad Limitada", quedarán subrogadas en el lugar y derecho de la sociedad que se escinde totalmente, como sucesores universales de tales derechos y obligaciones, quedando "Foto-Informática, Sociedad Anónima" disuelta y extinguida sin liquidación.

No existen derechos especiales distintos de las acciones ni se atribuye ventaja alguna a los Administradores no existiendo experto independiente ni por tanto beneficio alguno para el mismo.

Se pone expresamente en conocimiento de los señores accionistas y acreedores que, de conformidad con los artículos 254 y 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, tienen derecho a obtener el texto íntegro del acuerdo y del Balance de escisión, que les serán facilitados en el domicilio social de "Foto-Informática, Sociedad Anónima".

Por otro lado, se hace constar expresamente el derecho de oposición a la escisión que asiste a los acreedores en los términos previstos en el artículo 243 y concordantes de la Ley de Sociedades Anónimas por remisión del artículo 254 del citado cuerpo legal. No existen obligacionistas ni por consiguiente derecho de oposición para los mismos.

Se hace asimismo constar que la sociedad beneficiaria de la escisión "Foto-Informática, Sociedad Limitada", recibe el nombre de la sociedad que se extingue haciendo uso de la facultad que concede el artículo 418 del Reglamento del Registro Mercantil.

Barcelona, 1 de julio de 2002.-Un Administrador solidario.-32.730. y 3.a 11-7-2002.

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