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Documento BORME-C-2002-119074

THYSSENKRUPP ELEVADORES, SOCIEDAD ANÓNIMA (Sociedad parcialmente escindida) NUEVA SOCIEDAD DE PARTICIPACIÓN INDUSTRIAL, SOCIEDAD LIMITADA (Sociedad beneficiaria)

Publicado en:
«BORME» núm. 119, páginas 17055 a 17055 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2002-119074

TEXTO

De conformidad con lo establecido en los artículos 242 y 254 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que la Junta universal de accionistas de la sociedad "ThyssenKrupp Elevadores, Sociedad Anónima", celebrada el 24 de junio de 2002, aprobó por unanimidad, la escisión parcial de "ThyssenKrupp Elevadores, Sociedad Anónima" mediante la segregación de una parte de su patrimonio, que a su vez está constituido por la unidad de negocio correspondiente a las acciones de la sociedad filial "Ascensores Cenia, Sociedad Anónima", y su traspaso a una sociedad de nueva creación, que se denominará nueva sociedad de participación industrial, sociedad límitada y todo ello en los términos y condiciones del proyecto de escisión suscrito por los administradores de "ThyssenKrupp Elevadores, Sociedad Anónima" y depositado en el Registro Mercantil de Madrid.

Como consecuencia de la escisión parcial, se produce en "ThyssenKrupp Elevadores, Sociedad Anónima" una reducción de capital de 349.818,06 euros, quedando modificado el artículo 5.o, el cual tendrá la siguiente redacción: "Artículo 5.-El capital social, totalmente suscrito y desembolsado, está establecido en la cantidad de tres millones trescientos cuarenta y tres mil seiscientos cincuenta y un euros con cuarenta y ocho céntimos (3.343.651,48 euros).

Está constituido por 556.348 acciones nominativas de 6,01 euros de valor nominal cada una, numeradas correlativamente del 1 al 556.348, ambos inclusive." Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de las sociedades intervinientes de obtener el texto íntegro del acuerdo de escisión adoptado y del balance de escisión, los cuales se encuentran a su disposición en los respectivos domicilios sociales. Los acreedores de las sociedades indicadas podrán oponerse a la escisión en los términos del artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas durante el plazo de un mes contado desde la fecha del último anuncio de escisión, en los términos del artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Madrid, 24 de junio de 2002.-El Secretario del Consejo de Administración de "ThyssenKrupp Elevadores, Sociedad Anónima".-31.244.

1.a 26-6-2002.

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