Contido non dispoñible en galego
De conformidad con lo establecido en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas se hace público que las Juntas generales ordinarias de accionistas de "Cementos Portland, Sociedad Anónima" y "Ferrocarril del Tajuña, Sociedad Anónima", sociedad unipersonal, celebradas los pasados días 19 y 20 de junio de 2002, respectivamente, han aprobado la fusión de dichas sociedades mediante la absorción por "Cementos Portland, Sociedad Anónima" de su filial "Ferrocarril del Tajuña, Sociedad Anónima", sociedad unipersonal, quedando la sociedad absorbida disuelta, sin liquidación y transmitiendo en bloque a título universal todo su patrimonio a la sociedad absorbente, sobre los Balances cerrados a 31 de diciembre de 2001 y en los términos y condiciones del proyecto de fusión suscrito por los Consejos de Administración de las sociedades intervinientes, con fecha 10 de abril de 2002, depositado en los Registros Mercantiles de Navarra y Madrid.
Las operaciones de la sociedad absorbida se consideran realizadas a efectos contables por cuenta de la sociedad absorbente desde el 1 de enero de 2002.
Siendo "Cementos Portland, Sociedad Anónima" titular de todas las acciones representativas del capital social de "Ferrocarril del Tajuña, Sociedad Anónima", sociedad unipersonal, no ha lugar al canje de las acciones ni el aumento de capital social de la sociedad absorbente. Se hace constar el derecho que asiste a los a los accionistas y acreedores de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión, en los términos establecidos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de fusión.
Pamplona, 20 de junio de 2002.-Los Secretarios de los Consejos de Administración de "Cementos Portland, Sociedad Anónima" y "Ferrocarril del Tajuña, Sociedad Anónima", sociedad unipersonal.-30.717. 2.a 26-6-2002.
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