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Documento BORME-C-2002-119001

ACERÍAS Y FORJAS DE AZCOITIA, S. A. (Sociedad absorbente) EGAÑA, S. A. (Sociedad absorbida)

Publicado en:
«BORME» núm. 119, páginas 17042 a 17042 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2002-119001

TEXTO

Anuncio de fusión De conformidad con lo previsto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que las Juntas generales de accionistas de "Acerías y Forjas de Azcoitia, Sociedad Anónima", y "Egaña, Sociedad Anónima", celebradas el día 24 de junio de 2002, en Azkoitia y Bilbao, respectivamente, aprobaron el proyecto de fusión redactado y suscrito por los Administradores de las dos sociedades con fecha de 5 de abril de 2002 y, en consecuencia, la fusión por absorción de "Egaña, Sociedad Anónima", por parte de "Acerías y Forjas de Azcoitia, Sociedad Anónima", con extinción sin liquidación de "Egaña, Sociedad Anónima", y transmisión en bloque de su patrimonio a "Acerías y Forjas de Azcoitia, Sociedad Anónima", como sociedad absorbente, a título de sucesión universal, quedando ésta subrogada en todos los derechos y obligaciones de la sociedad absorbida, de acuerdo con lo previsto en el artículo 233 de la Ley de Sociedades Anónimas.

De igual manera, las Juntas generales citadas aprobaron como Balance de fusión el cerrado al 31 de diciembre de 2001, verificado por los Auditores de cuentas de cada sociedad.

El tipo de canje de las acciones de nueva emisión de la sociedad absorbente, determinado sobre la base de los valores reales de los patrimonios sociales, aprobado por las Juntas generales es de 10,57459 acciones de "Acerías y Forjas de Azcoitia, Sociedad Anónima", de 1,01 euros de valor nominal cada una, por cada 1 acción de "Egaña, Sociedad Anónima". No existe compensación complementaria en dinero.

Como consecuencia de la fusión, y de acuerdo con lo previsto en el artículo 233.2 de la Ley de Sociedades Anónimas, la Junta general de accionistas de "Acerías y Forjas de Azcoitia, Sociedad Anónima", acordó ampliar el capital social en la cantidad de 11.514.000 euros, mediante la emisión y puesta en circulación de 11.400.000 nuevas acciones ordinarias, de 1,01 euros de valor nominal cada una, representadas mediante anotaciones en cuenta y consiguiente modificación del artículo 4.o de los Estatutos sociales.

La emisión de dichas nuevas acciones requerirá la verificación del folleto de emisión por parte de la Comisión Nacional del Mercado de Valores. El canje se realizará en los términos que resultan del apartado D del proyecto de fusión, siendo de aplicación, en su caso, lo previsto en el artículo 59 de la Ley de Sociedades Anónimas y en el Real Decreto 116/1992, de 14 de febrero, sobre representación de valores por medio de anotaciones en cuenta y compensación y liquidación de operaciones bursátiles.

De conformidad con lo previsto en el proyecto de fusión, las nuevas acciones tendrán plenos derechos políticos desde la fecha de su emisión, y económicos desde el día 1 de enero del año 2002, pero no participarán de los dividendos acordados por "Acerías y Forjas de Azcoitia, Sociedad Anónima", con cargo a los beneficios obtenidos en el ejercicio cerrado a 31 de diciembre de 2001.

Las operaciones de la sociedad absorbida se considerarán realizadas a efectos contables por cuenta de la sociedad absorbente a partir del día 1 de enero de 2002. No existirán ninguna clase de ventajas en relación con los expertos, ni Administradores de las sociedades que se fusionan y no existirán en la sociedad absorbente titulares de acciones de clases especiales o que tengan derechos especiales distintos de las acciones.

De conformidad con lo previsto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del Balance de fusión.

De igual manera, de acuerdo con lo establecido en el artículo 243 de la misma Ley citada, se hace constar de modo expreso el derecho de oposición que, durante el plazo de un mes contado desde la fecha del último anuncio del acuerdo de fusión, asiste a los acreedores y obligacionistas de cada una de las dos sociedades que participan en la fusión, en los términos que resultan del citado precepto en relación con el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Azcoiteia, 24 de junio de 2002.-"Acerías y Forjas de Azcoitia, S. A.", Cesáreo García Fernández (Presidente), por "Egaña, S. A.", Antonio Pradera Jaúregui (Presidente).-31.004. 2.a 26-6-2002.

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