Contido non dispoñible en galego
Anuncio de fusión De conformidad con lo previsto en los artículos 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada y 242 y concordantes de la Ley de Sociedades Anónimas se hace público que, mediante acuerdo adoptado por unanimidad por las Juntas generales extraordinarias de las sociedades arriba indicadas, celebradas el día 13 de junio de 2002 (sociedad absorbente) y 12 de junio de 2002 (sociedad absorbida), se ha aprobado la fusión por absorción por parte de "Viñedos y Bodegas XXI, S. L.", de la sociedad "Escaldes Internacional, S. L.", ajustándose a los términos del proyecto de fusión, con disolución y sin liquidación de la sociedad absorbida y traspaso en bloque de su patrimonio a título de sucesión universal a la sociedad absorbente. A tal fin la sociedad absorbente ha ampliado su capital social en cuantía de 282.890,70 euros y procederá al canje de las acciones de la sociedad absorbida entregando una participación de la sociedad absorbente por cada una de las participaciones de la sociedad absorbida. El capital social de la sociedad absorbente tras la ampliación alcanza la cifra de 3.368.346,57 euros.
Se ha modificado en consecuencia el contenido del artículo 5.o de los Estatutos sociales de la sociedad absorbente para recoger la nueva redacción del capital social que queda integrado por 560.457 participaciones de 6,01 euros de valor nominal cada una.
Las Juntas generales de las dos sociedades intervinientes han aprobado el Balance de fusión cerrado a 31 de diciembre de 2001. A partir de esta fecha las operaciones de la sociedad que se extingue deben considerarse realizadas a efectos contables y fiscales por parte de la sociedad absorbente. La fusión se lleva a cabo al amparo de lo dispuesto en el título VIII, capítulo VIII de la Ley 43/1995, del Impuesto sobre Sociedades.
No existen participaciones especiales o privilegiadas ni reconocimiento de otros derechos especiales distintos, ni ventajas de ninguna clase a favor de expertos independientes que no intervienen en este proceso, ni de los Administradores.
Se hace constar el derecho que asiste a los señores socios y acreedores de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y el Balance de fusión, así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores y, en su caso, obligacionistas (no existen en este caso concreto), que deberá ser ejecutado con arreglo al artículo 166 de la LSA durante el plazo de un mes, contado desde la fecha del último anuncio de los acuerdos de las Juntas generales.
Logroño, 14 de junio de 2002.-El Administrador único de "Viñedos y Bodegas XXI, S. L.", y "Escaldes Internacional, S. L.", Luis Ángel Ilarraza Fernández.-30.486. 1.a 25-6-2002.
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