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La Junta general extraordinaria y universal de socios de "Ugartelgo, Sociedad Limitada", aprobó, en reunión celebrada el día 27 de mayo de 2002, la escisión total de la misma, mediante su disolución sin liquidación y división de todo su patrimonio en cinco partes, cada una de las cuales se transmite por sucesión universal a las sociedades beneficiarias de nueva creación "Maidania, Sociedad Limitada", "Uraundi, Sociedad Limitada", "Larrechipi, Sociedad Limitada", "Elgokuntz, Sociedad Limitada" y "Luringosho, Sociedad Limitada", todo ello según Balance de la sociedad escindida cerrado a 31 de diciembre de 2001.
La escisión se acordó sobre la base del proyecto de escisión depositado en el Registro Mercantil de Navarra.
Se hace constar expresamente, de acuerdo con lo establecido en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, el derecho que asiste a los socios y acreedores de la sociedad a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y el Balance de escisión, los cuales se encuentran a su disposición en el domicilio social de la entidad escindida.
Los acreedores podrán oponerse a dichos acuerdos en los términos establecidos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, por remisión del artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, durante el plazo de un mes, contando a partir de la publicación del último anuncio de escisión.
Pamplona, 29 de mayo de 2002.-El Consejo de Administración.-25.974. 1.a 5-6-2002.
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