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La Junta general de "Illa-Borrás, Sociedad Limitada", celebrada el día 17 de mayo de 2002, acordó, por unanimidad, la escisión parcial de la compañía, pasando parte de su patrimonio a integrarse en una sociedad beneficiaria de dicha escisión "Patrimoni Cap-Illa, Sociedad Limitada" (en constitución).
Dicha escisión se acordó en los términos del proyecto de escisión redactado por los Administradores solidarios de la compañía escindida y depositado en el Registro Mercantil de Barcelona el 25 de abril de 2002. A los efectos de lo dispuesto en los artículos 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar expresamente: a) El derecho que asiste a los socios y acreedores de la sociedad que se escinde de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Balance de escisión en el domicilio de la sociedad escindida. b) El derecho de oposición que asiste a los acreedores de la sociedad que se escinde durante el plazo de un mes contado a partir de la fecha de publicación del último anuncio, en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley.
Barcelona, 18 de mayo de 2002.-El Administrador solidario.-23.903.
1.a 3-6-2002.
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